sic

Fuente : www.larepublica.com.co

De acuerdo con la SIC, los proveedores deberán informar a los usuarios de forma clara, la posibilidad que tienen de radicar solicitudes de corrección, actualización o retiro de la información personal que el proveedor haya suministrado.

Al radicarse la petición o reclamo, el proveedor deberá informar de ese hecho al operador dentro de los dos días hábiles siguientes. Recibida la anterior información por el operador, este deberá incluir, dentro de los dos días hábiles siguientes, la leyenda “reclamo en trámite” y su naturaleza en el registro individual. Así mismo debe verificarse el cumplimiento de la ley 1341 de 2009.

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Tomado de: https://www.larepublica.com.co/archivos/ASUNTOSLEGALES/2011-03-22/tramite-para-no-violar-el-habeas-data_124586.php