Fuente : www.larepublica.com.co
Desde el pasado martes empezó a regir el artículo 7 de la Ley 1429 (Formalización y Primer Empleo) que permite a las pequeñas empresas (con activos que no superen los $2.678 millones y que no generen más de 50 puestos de trabajo) obtener la matrícula mercantil como comerciante, sin pagar ni un sólo peso para el primer año.
En caso de que ejerza su actividad mediante un establecimiento comercial, sí debe pagar por este requisito, según lo explicó la directora de la Unidad de Registro de la Cámara de Comercio de Manizales (CCM), Sandra María Salazar. Este organismo está realizando una campaña de divulgación en su jurisdicción para lograr que los comerciantes aprovechen los beneficios de la norma, de diciembre de 2010, y se legalicen.
“La matrícula como comerciantes no se paga y es la tarifa más representativa dentro del rubro de registro mercantil, lo que indica que hay un amplio beneficio para quien se acoja a la norma”, sostuvo.
Salazar agregó que la Ley también contempla un descuento de 50% en el costo de la renovación, realizada en los términos legales (entre enero y marzo) para el segundo año. En el tercer año se debe cancelar 75% del valor total y, en el cuarto, ya se cancelaría la tarifa plena.
amnistía
Adicionalmente, la Ley de Formalización establece unas amnistías para quienes no están al día con el registro mercantil, que se debe hacer en las Cámaras de Comercio.
Salazar destacó que la Ley tiene vigente, desde diciembre pasado, el artículo 50, que aplica a las personas jurídicas y naturales que han operado por años sin renovar, es decir, que ya están matriculados y que por tanto tienen una deuda pendiente en las Cámaras.
De lo que se trata es de una amnistía, con vigencia hasta el 29 de junio próximo, que permite la renovación gratuita de todos los años a quienes deben la matrícula mercantil de 2007 hacia atrás. Asimismo, según lo señala la norma, tendrán un descuento de 50% por 2008 y 2009. Por 2010 y 2011 sí deben pagar el ciento por ciento del costo, en caso de renovar.
Según Salazar, sólo para la jurisdicción de la Cámara de Comercio de Manizales este beneficio puede aplicar a 31.000 personas (entre naturales y jurídicas) que aún se encuentran matriculadas y que no están al día con la entidad. “Aquí tenemos casos de personas que están activas desde 1972 pero que no han renovado. Puede ser que aún ejerzan la actividad o que ya no la tengan. Pero en ambos casos deben ponerse al día con este requisito porque de lo contrario la obligación sigue viva porque para la cámara está activa”, sostuvo Salazar.
Ojo con las excepciones que dice la norma
La directora de la Unidad de Registro de la CCM, Sandra María Salazar, dijo que el artículo 7 de la Ley 1429 o de Formalización tiene excepciones. Entre ellas está que la exoneración del pago de la matrícula mercantil para el primer año no opera para los casos de compra de un establecimiento que ya estaba matriculado porque la empresa ya existía, ni para fusiones de sociedades. También la Ley estable que las sociedades, que 10 años antes de la entrada en vigencia de la Ley, no se pongan al día con la renovación al 31 de diciembre de 2011, quedan disueltas.
La opinión
Consuelo Caldas
Presidenta de la Cámara de Comercio de Bogotá
“La actualización de la matrícula le otorga a los empresarios beneficios importantes como tener una identidad de empresa, acceder a capacitación y ser más competitivos”.
Tomado de: https://www.larepublica.com.co/archivos/EMPRESAS/2011-03-03/nuevas-pequenas-empresas-pueden-acceder-a-la-matricula-mercantil-gratis_123241.php