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La Superintendencia de Sociedades emitió Concepto Jurídico No. 7030 en el que establece que están sometidos al régimen de insolvencia las sucursales de sociedades extranjeras y los patrimonios autónomos.
Estarán sometidas al régimen de insolvencia de la Ley 1116 de 2006 las personas naturales comerciantes y las jurídicas no excluidas de la aplicación del mismo, que realicen negocios permanentes en el territorio nacional, de carácter privado o mixto.
Así mismo, estarán sometidos al régimen de insolvencia las sucursales de sociedades extranjeras y los patrimonios autónomos afectos a la realización de actividades empresariales. las que no están cubiertas son las entidades promotoras de salud, las bolsas de valores y agropecuarias, las entidades vigiladas por colombia y las vigiladas por la economía solidaria.