Fuente: https://www.larepublica.co

Los derechos de autor recaen sobre las obras literarias o artísticas. Son protegidos por el derecho de autor todos los escritos (libros, manuales, artículos, etc.), las obras artísticas (pintura, escultura, música), los programas de computador y las bases de datos entre otras.

La particularidad del derecho de autor es que este nace desde el momento mismo de su creación sin que medie participación de una autoridad para concederlo como si sucede con las marcas y las patentes.

El titular de los derechos que recae sobre la obra es el creador, escritor, artista, desarrollador. Es necesario entonces que existan las correspondientes cesiones de derechos a favor de la empresa para que ésta pueda utilizarlas y disponer de ellas.

Con frecuencia las empresas omiten celebrar contratos de trabajo por escrito estableciendo las funciones concretas del trabajador de escribir, diseñar, pintar o desarrollar programas de computador, etc.

También se omite celebrar contratos de obra por encargo con terceros a quienes se contratan para escribir, diseñar, desarrollar programas, etc. Simplemente se maneja como órdenes de servicios y con frecuencia no se obtienen las respectivas cesiones por cada obra.

En la práctica las empresas pueden tener problemas por demandas de ex empleados o contratistas relacionada con derechos sobre creaciones durante la relación laboral, o dificultades para negociar (ventas, licencias y franquicias) si no tienen las respectivas cesiones de derechos.

Y qué decir de las demandas, multas y acciones penales derivadas de carecer de licencias actualizadas de uso de programas de computador, consecuencias todas ellas de la vigilancia que el Estado está desarrollando por la pérdida de recursos tributarios por la omisión de pago de impuestos sobre licenciamiento de programas.

3. Conclusiones y comentarios:

Los riesgos que asume una empresa por gestión inadecuada de su propiedad intelectual son de diversas índoles, particularmente legales y financieros.

Se pueden reflejar en la pérdida de la ventaja competitiva, en la imposibilidad de capitalizar las inversiones en I+D, y promoción de marcas, en la utilización por terceros de las marcas, la información y el esfuerzo de posicionamiento realizado, la pérdida de conocimiento o información claves o estratégicas y la pérdida de valor de la empresa frente a los socios y a terceros.

Los riesgos legales también son graves pues significan la posibilidad de ser demandado por utilización de derechos de terceros, lo cual afecta no solamente sus utilidades sino que le genera una mala imagen en el mercado.

Bullets informativos

*Un banco extranjero adquiere un banco local y por no revisar los contratos es demandado por un ex-empleado que había desarrollado un software y no había cedido sus derechos patrimoniales al banco local, teniendo que pagar el banco extranjero una millonaria indemnización.

*Por no realizar una búsqueda previa al registro de marca, empresa local de alimentos se encuentra en pleito frente a la competencia, ya que alega que la marca registrada por su competencia genera confusión, debido a la similitud en la presentación del producto.

*Empresa de armamento paga una alta suma de dinero a otra compañía extranjera por el derecho de uso de una tecnología, la cual era, tecnología de libre uso por caducidad de la patente.

Antecedentes

La marca es el nombre que se usa para distinguir un producto o servicio en el mercado. Tan importante es la marca para un producto como el nombre para una persona. Sin marca simplemente es imposible participar en el mercado. Se cometen sin embargo errores que afectan el esfuerzo económico de una compañía al posicionar una marca en el mercado.

Tomado de: https://www.larepublica.co/archivos/ASUNTOSLEGALES/2011-08-12/errores-empresariales-en-propiedad-industrial-3_135294.php