Los colombianos podremos conocer los datos que existen en las diferentes bases de datos y centrales de riesgo, y solicitar la exclusión de los mismos cuando estos no sean ciertos o los créditos en mora ya se hayan pagado.
Así quedó establecido al momento en el que la Corte Constitucional dio vía libre a la Ley de Habeas Data.
Según aseguró el alto tribunal, en un control previo a la futura ley, la mayor parte de los contenidos de la norma se ajustan a la Constitución, por lo que puede entrar a regir desde ahora en todo el territorio nacional.
Los beneficios
Con esta ley, los deudores morosos que actualmente están reportados en las diferentes entidades financieras serán los principales beneficiados.
No obstante, el proyecto estudiado por la Corte le permitirá a las personas ponerse al día solo una única vez y ser retiradas definitivamente de las listas de los deudores.
Y es que esta norma tiene especial relevancia porque las personas que paguen sus deudas dejarán de aparecer como morosos en los sistemas de información y podrán llevar una vida crediticia normal.
No se puede desconocer que lo que ha venido sucediendo con el paso de los años es que los deudores, por ejemplo, al momento de pedir un préstamo en un banco, o simplemente pedir un plan de celular, estos son negados por estar reportados, así ellos ya hayan cancelado sus deudas y estén al día con las entidades financieras.
En el marco del estudio, la Corte Constitucional tumbó tres artículos, principalmente, porque el organismo alegó vicios de forma, lo que indica que podrían ser reproducidos por otro tipo de leyes.
De esta manera, dos de los artículos declarados inexequibles tienen que ver con la certificación de antecedentes judiciales por parte del Departamento Administrativo de Seguridad DAS, y otro se relaciona con el manejo de los datos denominados como confidenciales de inteligencia y de contrainteligencia, todos contemplados en los artículos 309, 30 y 31.
El proceso
Para llegar a este resultado, la Ley de Habeas Data atravesó desde su propuesta por una serie de ajustes que fueron aprobados de manera progresiva.
Entre el proceso se destacan la devolución de la iniciativa por parte del Congreso de la República por temas como errores de trámite en su aprobación.
Frente a esta perspectiva, cada uno de los vicios expuestos por el organismo fueron corregidos en la Plenaria de Cámara, para luego retornar al alto tribunal.
Para garantizar el cumplimiento de la ley por parte de los entes que manejan la información financiera de todos los colombianos, la Corte Constitucional afirmó que debe ser la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante su delegada de protección de datos personales, la que se encargue de dicho proceso. Bogotá