Bogotá. De ahora en adelante las Empresas Promotoras de Salud (EPS) no podrán exigir más de 36 semanas de cotización para otorgar a los padres la licencia remunerada de paternidad o Ley María.

Así lo confirmó el presidente de la Corte Constitucional Nilson Pinilla, al afirmar que se declaró inexequible la exigencia de más de 100 semanas de cotización planteada en el Código Sustancial de Trabajo, para hacer efectiva la licencia de paternidad.

Aclaró que aunque la Corte no determinó el número de semanas que deben exigir las EPS, sí queda claro que los padres deben tener cotizadas, como mínimo, el número de semanas correspondientes al periodo de gestación (36 a 40 semanas), como se le exige a la madre. Si no fuera así “se estaría dando un tratamiento desigual que, en últimas, afectaría al niño”, precisó Pinilla.

También explicó que esta decisión no se tomó para beneficiar al hombre y reducirle carga laboral, sino tras valorar el derecho superior del bebé, quien debe estar tanto con su madre como con su padre en el momento de su nacimiento y por ocho días, justo el tiempo en que la madre da a luz.

“El derecho del niño a estar con su padre no tiene nada que ver con la permanencia en la seguridad social de sus padres”, concluyó Pinilla.

Esta decisión complementa lo dispuesto por el tribunal hace cerca de cuatro meses cuando unificó la duración de la licencia remunerada a la que tienen derecho los hombres por el nacimiento de sus hijos.

La Corporación revisó la Ley María y tumbó la diferencia que había entre los días de licencia que recibían los papás según las condiciones de cotización de la pareja al sistema de Salud. Ante se decía que si el padre y la madre cotizaban, la licencia de paternidad para el hombre era de ocho días hábiles. En cambio si solo uno de ellos cotizaba el tiempo era de cuatro días hábiles desde el momento del nacimiento del bebé.

Al revisar la norma, la Corte determinó que dicha diferencia era discriminatoria con los padres y que por tal razón se terminaba vulnerando el derecho a la igualdad de los recién nacidos.

ANTECEDENTES*

La Ley María o Ley 755 de 2002, a la que le ha hecho ajustes la Corte Constitucional fue impulsada por ex senador y ex ministro, Juan Lozano.

Los mayores cambios se han dado en la unificación de la duración de las licencias y en las precisiones sobre las semanas cotizadas.