CONSULTA (TEXTUAL)
“(…) Quiero (…) pedir información sobre, en que instancias va el proyecto de modernización de la reforma de la revisoría fiscal, esto con fines académicos”

CONSIDERACIONES Y CONCEPTO
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnicocientífico de la profesión y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo dispuesto en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se pretende resolver casos particulares, en los siguientes términos:

El día 29 de septiembre del año 2020, se aprobó en Acta No. 48 del CTCP, el Reglamento de los comités para la reforma de la Revisoría Fiscal1 , estableciendo 18 artículos:

“El presente reglamento tiene por objeto establecer y definir las reglas básicas de organización, conformación, procedimientos y funciones de los comités para la reforma y actualización del ejercicio de la revisoría fiscal.”

La conformación de los comités es la siguiente:
Se conformaron treinta (30) Comités Departamentales, constituidos por contadores públicos, profesionales en representación de los gremios de contadores públicos y de los diferentes sectores económicos del país, profesionales representantes del sector empresarial, profesionales vinculados a una sociedad de contadores públicos, profesionales en representación de universidades que tengan programas de Contaduría Pública, analistas de la información financiera, preparadores de información financiera, revisores fiscales, aseguradores y usuarios de la información financiera e invitados permanentes con experiencia profesional y/o conocimientos relacionados con el objeto para el cual fue creado el comité.

De los 32 departamentos que conforman Colombia, los departamentos de Vichada y Vaupés, son los únicos que no tienen representación en los comités.

Los comités departamentales están agrupados en (5) comités Regionales, integrados por los presidentes y secretarios técnicos de los comités departamentales que conforman la respectiva región, así:

• Región Caribe
• Región Central
• Región Antioquia y eje Cafetero
• Región Oriental
• Región Pacífica y Occidental

Por el Gobierno está el comité Gubernamental, conformado por las diez (10) Superintendencias, la Contaduría General de la Nación, el Ministerio del Deporte y la DIAN. Así mismo, se creó el Comité Gremial y también se constituyó un Comité Femenino, como representación de la Mujer en la profesión.

Los aportes de los comités regionales, Gubernamental, Gremial y Femenino, se consolidarán en un Comité Nacional, donde se estructurará el proyecto de reforma normativa.

El Comité Nacional tiene por objeto recibir, analizar y aprobar las propuestas que presenten los diferentes comités. Preparar y aprobar el documento borrador del proyecto de Reforma y Actualización de la Revisoría Fiscal, el cual será entregado al CTCP, para que, hecho los ajustes pertinentes, se entregue al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, por parte de los consejeros, el Comité Nacional e invitados especiales, para ser presentado como proyecto de Ley al Congreso de la República.

Los ejes de la estructura de la Revisoría Fiscal son cinco (5):

1. Definición de la Revisoría Fiscal
2. Funciones
3. Obligados

4. Calidades del Revisor Fiscal
5. Derecho y deberes

El objetivo que se persigue es buscar armonizar las obligaciones, responsabilidades y derechos de los revisores fiscales con la realidad empresarial actual y los marcos técnicos normativos de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información.

Esta propuesta para modificar los artículos 203 al 217 del Código de Comercio, relacionados con el ejercicio de la revisoría fiscal en Colombia, y modernizar la Revisoría Fiscal que permitirá aumentar la confianza y transparencia de los informes financieros de propósito general.

Actualmente, se están realizando reuniones del Comité Nacional, en las cuales se están discutiendo en consensos, los ejes de la estructura, teniendo en cuenta los comentarios y las propuestas de cada comité Regional, del Comité Gubernamental, del Comité de Gremios y el Comité Femenino.

Las diferentes propuestas de los comités, en la medida que sean enviadas al CTCP, se encontrarán disponibles en la página web del CTCP2.

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que, para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este concepto son los previstos por el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.

Cordialmente,

Leonardo Varón García
Consejero CTCP