¿Cuál es el procedimiento para que trabajadores que devenguen menos de un salario mínimo coticen únicamente en salud y no en pensiones?
(Larepublica.com.co) El Decreto 4465 de 2011 garantiza que aquellos trabajadores independientes que cotizaban en salud y no en pensiones de conformidad con lo previsto en el Artículo 2 de la Ley 1250 de 2008, puedan continuar haciéndolo bajo la figura del cotizante 42 (aportante en salud y no en pensiones) de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - Pila.