El Gobierno podrá seguir cobrando IVA del 5 por ciento para algunos productos de la canasta familiar, según estableció este miércoles la Sala Plena de la Corte Constitucional.
 

En Octubre del año pasado, un ciudadano presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 48 de la Reforma Tributaria por considerar que el cobro de IVA a los productos de primera necesidad viola los principios de equidad y progresividad tributarios.
 

Según el fallo de la Corte Constitucional, los productos gravados con el IVA de 5 por ciento no equivalen a una cantidad considerable dentro de la canasta familiar, y los alimentos que están exentos del impuesto pueden satisfacer las necesidades de los más necesitados.
 

Con la ratificación de la Corte, en productos como avena, harina de trigo, embutidos, aceites vegetales, chocolate de mesa y cereales, entre otros, seguirá cobrándose el IVA.

tomado de:https://www.noticiasrcn.com/nacional-economia/corte-constitucional-ratifico-el-cobro-del-iva-productos-canasta-familiar