El 16 de abril del presente año, la Comisión Séptima de Senado aprobó en primer debate la ponencia presentada por la senadora Gloria Inés Ramírez Ríos (PDA), al Proyecto de Ley No. 82 de 2012 Senado, “Por la cual se derogan las disposiciones que no lograron los efectos prácticos para la generación de empleo, de la Ley 789 de 2002”.

De esta manera, si el proyecto se convierte en ley, se eliminarán las normas sobre flexibilización de los contratos laborales, ampliación de la jornada laboral y recorte de los pagos adicionales por horas extras dominicales, festivos y desvalorización de los contratos de aprendizaje, y se establece que la liquidación de las vacaciones en dinero se hará con base en el último salario devengado.


La ponencia de la senadora Gloria Inés se fundamentó en el parágrafo del artículo 46 de la mencionada Ley, que alienta al Congreso a tomar la iniciativa de presentar un nuevo proyecto cuando no se hayan logrado los efectos prácticos para la generación del empleo. En efecto, distintos estudios de varias universidades reconocidas han demostrado cómo las disposiciones han tenido un efecto marginal en la generación de empleos y, por el contrario, han contribuido a la precarización laboral. Inclusive, el entonces Procurador Edgardo Maya, señaló que la Ley 789 “atenta contra la dignidad humana, el derecho al trabajo y las garantías mínimas laborales y desconocen principios, valores y derechos fundamentales consignados en la Carta Política y los Tratados internacionales.”

La tasa de desempleo en el mes de febrero del presente año fue de 11.8%, mientras que en el mismo mes del 2012 era del 11.9%, lo cual quiere decir que sólo disminuyó en una décima, que es una cifra ridícula, de la cual el Gobierno no debe sentirse orgulloso . Por otra parte, la Escuela Nacional Sindical ha demostrado cómo “apenas el 32% de los colombianos que trabajan, tiene condiciones de trabajo decente porque la mayor parte de los empleos de la economía son de mala calidad.”


Además, más de la mitad de la población está en condiciones de informalidad. De acuerdo con el Dane, del total de ocupados, el 51.2% tenía un empleo informal. Por su parte, el Banco de la República considera trabajadores informales a los que no contribuyen a la seguridad social y de acuerdo con esta definición la informalidad está en el 62%. Estas cifras dieron lugar a que el último Informe del Panorama Laboral de América Latina de la OIT clasificara a Colombia entre los cuatro países de la región con mayor informalidad.


Ante esta realidad, el Proyecto de Ley aprobado pretende recuperar las condiciones laborales y materiales para los trabajadores con las siguientes propuestas: en primer lugar, restablecer la jornada de trabajo diurno de 6am a 6pm. En segundo lugar, restablecer los límites de los turnos de trabajo y recuperar el reconocimiento de los recargos por horas extras, dominicales, festivos y trabajo nocturno y establecer que la compensación en dinero de las vacaciones se haga con base en el último salario devengado.


En tercer lugar, el proyecto recupera el carácter laboral del contrato de aprendizaje en respuesta a algunos de los problemas por los que atraviesan los aprendices, gravemente desprotegidos desde la aplicación de la Ley 789, a fin de que se cumplan los Convenios de la OIT y se restablezca su afiliación a la seguridad social, lo mismo que el derecho a recibir una formación integral profesional y una remuneración justa por su trabajo.


Por estas razones, los integrantes de la Comisión Séptima del Senado acogieron la Ponencia y la aprobaron por unanimidad, lo que representa un paso importante para la recuperación de los derechos que habían sido cercenados por la Ley 789 de 2002. No obstante, tanto el movimiento sindical como los aprendices del Sena y de otras entidades de formación profesional, deben estar alerta para que en lo que resta del trámite legislativo no se vayan a frustran los avances logrados en la Ponencia para primer debate.

Tomado de: senado.gov.co