Resumen: El Reconocimiento contable para quien recibe un servicio de transporte, estará definido conforme a la política contable establecida para este tipo de transacción. Así las cosas, El reconocimiento del hecho económico, en comento, podría considerarse como costos, gasto o mayor valor del bien o servicios adquiridos, según corresponda.

Concepto 683 CTCP 14 de Agosto de 2018

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