Contrapartida Pontificia Universidad Javeriana
De Computationis Jure Opiniones
Número 831, Diciembre 09 de 2013 

Sin embargo, bajo las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) se requiere que un experto determine la vida útil de cada vehículo, que por ejemplo, para el de Cartagena puede ser de cuatro años, teniendo en cuenta el efecto del medio ambiente que puede causar deterioro por corrosión, afectando las latas y “partes vitales, como los elementos de dirección, suspensión y sistema de frenos”. En cambio, para el comprado en Bogotá su vida útil puede ser de ocho años.

En este sentido, a partir del 2014, ya se requerirá revelar, tanto la información de los vehículos, como los criterios que se utilizaron para determinar la vida útil de cada uno. Y si empezamos a sumar cada una de las transacciones que la empresa va realizando durante el año, tenemos que visualizar cual será nuestra fuente de información para poder realizar las revelaciones.

Por lo anterior, un factor crítico de éxito es seleccionar un programa informático (software) que, además de permitirnos ingresar los registros contables, nos facilite manejar diferentes bases contables y tributarias, así como los criterios de los expertos, para que a futuro se puedan realizar las revelaciones, sin necesidad de tener que reconstruir toda la información del año anterior.

Al respecto, me han preguntado dónde se contabilizarán los programas informáticos (software) teniendo en cuenta que ya no se registraran como cargos diferidos.

Al consultar el párrafo 4 de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 38, establece que “cuando los programas informáticos no constituyan parte integrante del equipo, serán tratados como activos intangibles”.

Así mismo, el párrafo 62 menciona que “con frecuencia, el sistema de costos de la entidad puede medir de forma fiable los costos que conlleva la generación interna de un activo intangible, tales como los sueldos y otros desembolsos en los que se incurre para asegurar los derechos de la propiedad intelectual o las licencias, o bien para desarrollar programas informáticos.”

Adicionalmente, en el párrafo 92 se indica que “dada la experiencia actual de cambios rápidos en la tecnología, los programas informáticos estarán sometidos a una rápida obsolescencia tecnológica. Por tanto, es probable que su vida útil sea corta”.

Por lo anterior, dentro del proyecto de conversión a NIIF, se sugiere evaluar el costo del desarrollo o adquisición de los programas informáticos, que a veces puede ser el más representativo, para amortizarlo durante los años de su vida útil, descontando el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor.

Paulino Angulo Cadena. MSc, CIA®, CRMA 

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Número 831, Diciembre 09 de 2013