ARTÍCULO 2. Los contribuyentes, responsables y agentes de retención que no se encuentren relacionados en el artículo 1 de la presente Resolución quedan excluidos de la calificación de Grandes Contribuyentes.  
 

Según la DIAN los Grandes Contribuyentes deberán:

– Presentar la declaración de renta y complementarios por el año gravable 2013 en los plazos establecidos en el artículo 11 del Decreto 2972 de 2013.

– Presentar todas sus declaraciones y recibos de pago a través de los servicios informáticos electrónicos establecidos por la entidad, en los términos previstos en la Resolución No. 12761 del 9 de diciembre de 2011, modificada por la Resolución No. 00019 del 28 de febrero de 2012

– Actuar como agente de retención del impuesto sobre las ventas y cumplir con las correspondientes obligaciones. 

– Cumplir con las demás obligaciones que se desprendan de la calidad de Gran Contribuyente

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