Contrapartida
De Computationis Jure Opiniones
Número 1136, Enero 05 de 2015

“(…) Es por eso que atendiendo las condiciones que exige la Ley 1314 en el sentido de que los estándares internacionales deben ser de aceptación mundial, con las mejores prácticas y con la rápida evolución de los negocios, el CTCP encuentra que la alternativa que mejor interpreta los criterios y condiciones de dicha ley es la de que en Colombia se lleve a cabo el proceso de convergencia tomando como referentes las NIIF que ha emitido el IASB y las que están en proceso de emisión; además porque en un futuro cercano, después de terminar el proceso de convergencia entre FASB-IASB, el único conjunto de normas internacionales que subsistiría son las actuales NIIF. (…)”.

 

Los argumentos que más se aducen para justificar la adopción de los estándares emitidos por IASB son la calidad de sus normas y la comparabilidad que se deriva de que los preparadores usen el mismo conjunto de reglas. Estos argumentos han sido aceptados por la mayoría de los países del mundo, de manera que los estándares de IASB han pasado a ser parte de la arquitectura financiera mundial.

 

La fundación IFRS ha tomado varias medidas para garantizar la aceptación mundial de las normas emitidas por IASB. Podemos destacar cinco: la organización de un cuerpo de administradores (Trustees), el establecimiento de una junta de supervisión (Monitoring Board), la existencia del consejo asesor (Advisory Council), la observancia de un debido proceso y la interacción con el foro asesor de normas de contabilidad (Accounting Standards Advisory Forum).

 

En nuestro medio podríamos citar la constitución del Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (Glenif), que es un esfuerzo para lograr que la voz de sus miembros sea oída en el proceso de gestación de los estándares.

 

Con todo el modelo sufre de un gran problema, cual es el imponer un monopolio en la emisión de estándares. Existen defensores y opositores de este sistema. Muchos sostienen que si hubiere competencia en la promulgación de normas, éstas serían mejores y se producirían con mayor rapidez.

 

Corresponde a la academia analizar objetivamente esta cuestión. Un ejemplo de esta tarea se encuentra en el artículo de Karim Jamal y Shyam Sunder titulado Monopoly versus Competition in Setting Accounting Standards (Abacus, December 2014, Volume 50, Issue 4, pages 369–385).

 

Con monopolio o sin él es esencial tener una posición crítica respecto de los estándares de contabilidad y de información financiera. Es muy probable, como ya ha sucedido, que las autoridades de regulación, la de normalización y algunos gremios de la profesión, rechacen que se asuma una actitud de análisis y juicio sobre las normas incorporadas al derecho contable colombiano. Pero la crítica es la única manera como el proceso podrá ser consciente y no una mera masificación.

 

Hernando Bermúdez Gómez

Pontificia Universidad Javeriana
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Número 1136, Enero 05 de 2015