Contrapartida
De Computationis Jure Opiniones
Número 1215, Marzo 9 de 2015

Cuando quiera que sea llamado a dirigir instituciones para la enseñanza de la Contaduría Pública o a regentar cátedras en las mismas, se someterá a las normas legales y reglamentarias sobre la materia, así como a los principios y normas de la profesión y a la ética profesional. Este principio de colaboración constituye el imperativo social profesional. (…)”.

El Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad, incorporado al derecho contable colombiano mediante el Decreto reglamentario 0302 de 2015, se limita a desarrollar los principios éticos que un contador debe observar en sus trabajos y guarda silencio sobre otras actividades, como las que menciona la citada ley colombiana. Con todo, el prólogo del código recalca que entre los objetivos de Ifac está “(…) seguir fortaleciendo la profesión contable en el mundo (…)”.

El engrandecimiento de la profesión es un claro deber moral, por tanto universal, que, en nuestro caso, tiene también el carácter de deber jurídico. Su consagración en la Ley colombiana, como “(…) el imperativo social profesional (…)” y el silencio al respecto en el reciente decreto reglamentario, no implica la existencia de ninguna incompatibilidad, ni supone la presencia de una causa de invalidez; un decreto reglamentario puede referirse a solo partes de una ley y, por lo general, una ley tiene vigor aunque no haya sido reglamentada.

Aunque es cuestión de criterio, en el nuestro las posiciones que implican conflicto entre los miembros de la profesión no contribuyen a su “desarrollo, superación y dignificación”. Muy por el contrario, provocan un panorama que para los terceros resulta deleznable.

Entre las muchas cosas que hay que hacer, hay que promocionar la profesión. Pero no a partir de aspavientos. Algunos contadores dan por supuesta la importancia de la profesión y consideran que todos deben reconocerlo así. Están equivocados. Las profesiones tienen que ganarse su prestigio.

Nosotros hemos sostenido que la contaduría es una forma de pensar, no solo una forma de hacer. También hemos argumentado que los conocimientos de los contadores les permiten influir en las políticas públicas, es decir, en la construcción del bien común.

No se trata de incurrir en actos de soberbia, ni en caer en el envanecimiento de algunos miembros de la profesión. Se trata, con humildad, por un lado, de demostrar los beneficios que se derivan de los servicios profesionales de los contadores y, por otra parte, de realizar aportes en aras del interés público. La dignidad de la profesión no descansa en la unanimidad sino en sus consensos.


Hernando Bermúdez Gómez

Tomado de: https://www.javeriana.edu.co/personales/hbermude/contrapartida/Contrapartida1215.docx