Contrapartida Pontificia Universidad Javeriana
De Computationis Jure Opiniones
Número 849, Febrero 03 de 2014 

Tal evaluación tiene varias perspectivas. La licitud, la justicia y la eficacia son tres criterios básicos a cuya luz deben examinarse las normas.

 

Colombia es un país en el cual los jueces constitucionales y administrativos revisan la licitud de varias leyes. No lo hacen en forma sistemática sino por virtud de demandas.
 

La Ley consagró, hace unos años, el deber de examinar las normas desde una perspectiva sociológica, más no se conocen los resultados respectivos.
 

En cambio en otros países la evaluación de las normas es asunto de rutina, adelantado con rigor. Son muchas las leyes que han sido mejoradas a la luz de los resultados de tales evaluaciones.
 

Es así como las leyes evolucionan en forma pacífica y no cuando hacen crisis.
 

De tales evaluaciones no pueden escapar las normas contables. Es de vital importancia saber si efectivamente son utilizadas por las empresas, la forma concreta en que tal utilización se produce y si con su observancia se logran los objetivos que inspiraron su establecimiento.
 

Hace unas semanas en Europa se dio a conocer la contratación de Mazars en consorcio con el Institute of Chartered Accountants in England and Wales (ICAEW), para llevar a cabo el acuerdo denominado “10 years after the take-off: taking stock and assessing the effects of using international financial reporting standards (IFRSs) in the EU”.
 

Esta noticia dio pie al ICAEW para recordar que “ICAEW has also previously worked for the European Commission on IFRS. In 2006, ICAEW was asked by the European Commission to produce a comprehensive study of the 2005 implementation of international accounting standards across the EU. The study, published in 2007, concluded that the transition to IFRS had been challenging, but successful.”
 

Como se recordará el propio IASB decidió hacer revisiones post implementación de sus normas. Así, por ejemplo, se encuentra en curso una modificación de la norma sobre Pymes con base en una evaluación del corte de las que venimos comentando.
 

No se sabe si lo han hecho, pero las autoridades de regulación y de normalización colombianas ya deberían estar pensando en estas evaluaciones, que deben hacerse en forma oportuna y profunda. Ellas suponen recursos humanos, tecnológicos y financieros y deberían estar previstas en los planes de trabajo y en los presupuestos respectivos.

En cierta medida es problema de “control interno” y tales autoridades deberían dar ejemplo en esta materia. Si las superintendencias y otras entidades de vigilancia no reciben oportunamente instrucciones, el País obrará en forma reactiva y no en forma prospectiva, como los demandan las mejores prácticas mundiales.

Hernando Bermúdez Gómez

Contrapartida Pontificia Universidad Javeriana
De Computationis Jure Opiniones
Número 849, Febrero 08 de 2014