En el desarrollo de la plenaria fue aprobada por 25 votos a favor y 16 votos en contra de la iniciativa.

María Clara Name Ramírez, presidenta del Concejo de Bogotá dijo que después de dos días de debate se dio vía libre, “esto es un hecho histórico en la ciudad, en respuesta a los bogotanos que con mucha expectativa durante más de cuatro meses, esperaron esta decisión que toma el Concejo de manera responsable con el futuro de la ciudad”.

Luego de la aprobación de este Acuerdo el IDU reliquidará y emitirá nuevas facturas, a más tardar, en diciembre de este año. Quienes ya pagaron la valorización deben esperar esta reliquidación para que el Distrito devuelva el dinero en caso de que sea necesario.

Durante la discusión de este proyecto se logró que quedaran excluidos del pago de valorización los predios de uso residencial que tengan un valor catastral menor a 80 millones de pesos y los salones comunales registrados en el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal (Idpac).

Se supone y dependiendo que la plenaria apruebe el resto de obras vitales para Bogotá que estaban previstas de ser financiadas por valorización serán ejecutadas a través de cupo de endeudamiento.

Se establecen montos máximos anuales de cobros, el valor a pagar por cada predio urbano residencial no podrá ser superior al valor del cobro del impuesto predial, y para los predios urbanos de uso no residencial, no podrá ser mayor a 1,5 veces el valor del cobro del impuesto predial.

Obras que se cobrarán

Las obras que fueron aprobadas por el Concejo de Bogotá y que tendrán que ser realizadas por el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) son:

• Avenida Colombia (AK 24) desde la Calle 76 hasta la Avenida Medellín (AC 80).

• Avenida El Rincón desde la Avenida Boyacá hasta la Carrera 91.

• Intersección de la Avenida el Rincón por la Avenida Boyacá.

• Intersección de la Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Avenida Boyacá (AK 72).

• Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde la Avenida de la Constitución (AK 70) hasta la Avenida Boyacá (AK 72).

• Avenida La Sirena (AC 153) desde la Avenida Laureano Gómez (AK 9) hasta la Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7).

• Avenida La Sirena (AC 153) desde la Avenida Laureano Gómez (AK 9) hasta la Avenida Santa Bárbara (AK 19).

• Parque Gustavo Uribe Botero–Chapinero.

• Avenida San José (AC 170) desde la Avenida Cota (AK 91) hasta la Avenida Ciudad de Cali (AK 106).

• Avenida Boyacá (AK 72) desde la Avenida San José (AC 170) hasta la Avenida San Antonio (AC 183).

• Avenida San Antonio (AC 183) desde la Avenida Boyacá (AK 72) hasta la Avenida Paseo Los Libertadores (Autopista Norte).

Tomado de: elnuevosiglo.com.co