Ante la información recibida de varios despachos judiciales sobre la omisión en la defensa del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en procesos laborales por pensiones, la Procuraduría General de la Nación ha adelantado intervenciones en dichos procesos con el ánimo de proteger el patrimonio público.

Dado que los abogados de las partes demandantes han cuestionado la facultad que tiene la Procuraduría de intervenir y han formulado incidentes de nulidad en contra de las excepciones de mérito formuladas por el Ministerio Público, los jueces han negado las solicitudes de nulidad, decisiones frente a las que se han interpuesto recursos de apelación ante el Tribunal Superior de Bogotá.

La Sala Laboral de este Tribunal ha confirmado las decisiones de los jueces señalando que “el Ministerio Público está plenamente facultado para intervenir en los procesos laborales cuando así sea necesario para defender el orden jurídico y las garantías y derechos fundamentales individuales o colectivos, siempre que lo haga acorde a la ley”.

Recuerda el Tribunal Superior de Bogotá que según el Decreto 262 de 2000, el Ministerio Público es considerado como un sujeto procesal especial que interviene en los procesos cuando sea necesario y que su intervención se rige por el interés público y no por los parámetros aplicables a las partes.

La actuación de la Procuraduría Delegada para Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social en estos procesos, a través de los procuradores judiciales laborales, no está motivada en la defensa judicial del ISS, sino en la defensa del patrimonio público y los bienes jurídicos protegidos en la Constitución y la ley.

Tomado de: https://www.procuraduria.gov.co