En cumplimiento de las normas que regulan al sector solidario, la Superintendencia de la Economía Solidaria recuerda a las empresas vigiladas los plazos para el reporte del Formulario Oficial de Rendición de Cuentas a 31 de diciembre de 2010. La fecha de reporte está fijada según el nivel de supervisión y el último dígito del NIT de cada organización, así:

Nivel 1

Fecha de reporte: 31-ene-11

Nivel 2 y 3

Fecha de reporte según último digito del NIT.

0 y 1     7-feb-11
2 y 3     8-feb-11
4 y 5     9-feb-11
6 y 7   10-feb-11
8 y 9   11-feb-11


Medio de envío:
[email protected].
Únicamente las organizaciones de tercer nivel podrán optar por remitir el reporte en medio magnético a Confecoop Bogotá y a sus asociaciones regionales. 

NOVEDADES DEL FORMULARIO

En esta ocasión, el reporte tendrá como novedad la inclusión de nuevos formatos y la modificación de otros, tal como se estableció en la Circular Externa 007 expedida el pasado 15 de julio. Estas modificaciones fueron realizadas por la Superintendencia con el fin de obtener mayor información de las entidades vigiladas y optimizar su análisis.


Nuevos formatos:
Se incluyeron once nuevos formatos definiendo los responsables y periodicidad. Los siguientes son los formatos adicionados:

1. Formato 46 – DEUDAS PATRONALES: para todas las entidades de la economía solidaria que tienen convenio de descuento por nómina.
2. Formato 47 – COMPRA O VENTA DE CARTERA DE CRÉDITO: para reportar la información de las entidades a las cuales la organización solidaria ha comprado ó vendido cartera,
3. Formato 48 – CRÉDITOS DE BANCOS Y OTRAS OBLIGACIONES FINANCIERAS: para registrar las obligaciones contraidas por la entidad solidaria.
4. Formato 49 – CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS: para todas las entidades de la economía solidaria.
5. Formato 50 – PROCESOS JUDICIALES EN CONTRA: Reemplaza el anexo N° 002 establecido en el numeral 3.1.9 del capitulo X de la Circular Básica Contable y Financiera.
6. Formato 51 – INGRESOS RECIBIDOS PARA TERCEROS: para todas las entidades de la economía solidaria.
7. Formato 52 – CONTRATACIÓN: para que las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado reporten la información de los contratos vigentes y los datos correspondientes a la entidad contratante.
8. Formato 53 – RETIRO E INGRESO DE ASOCIADOS: para que las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado identifiquen la rotación de personal.
9. Formato 54 – SALARIO, COMPENSACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL: para que las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado reporten los pagos fiscales y parafiscales de ley.
10. Formato 55 – PROMOTORAS PRECOOPERATIVAS: para que las precoperativas de trabajo asociado reporten información sobre sus promotoras.
11. Formato 56 – EROGACIONES A ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL: Remplaza el anexo N° 003 establecido en el numeral 3.1.13 del capitulo X de la Circular Básica Contable y Financiera N° 004 de 2008.
 

Modificación de formatos: Se modificaron 13 formatos actualmente vigentes:

1. Formato 2 – IDENTIFICACIÓN
2. Formato 3 – APLICACIÓN DE EXCEDENTES
3. Formato 5 – INFORMACIÓN ESTADÍSTICA
4. Formato 14 – DIRECTIVOS
5. Formato 16 – RELACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO
6. Formato 18 – INFORME INDIVIDUAL DE CAPTACIONES
7. Formato 19 – INFORME INDIVIDUAL DE CARTERA DE CRÉDITO
8. Formato 21 – INFORME INDIVIDUAL DE APORTES O CONTRIBUCIONES
9. Formato 23 – RED DE OFICINAS Y CORRESPONSALES NO BANCARIOS
10. Formato 25 – USUARIOS
11. Formato 27 – FONDO DE LIQUIDEZ
12. Formato 41 – AMORTIZACIÓN DE DIFERIDOS
13. Formato 43 –ACTIVOS CASTIGADOS

La información del formulario oficial de rendición de cuentas debe ser fiel copia de lo consignado en los libros de contabilidad y reflejar plenamente los hechos económicos de la organización solidaria, por tanto, debe cumplir con las disposiciones contables vigentes y las reglamentaciones emitidas por la Superintendencia a través de la Circular Básica Contable y Financiera No. 004 de 2008.

La responsabilidad de la calidad de la información recae sobre el representante legal, el contador y el revisor fiscal de cada entidad. En caso de requerirse la retransmisión de estados financieros, la Superintendencia es la única entidad que puede autorizarla previa justificación de la empresa solidaria.

Para mayores detalles sobre el reporte, clasificación por tipo de organización y formatos a reportar, las organizaciones solidarias pueden consultar el Capítulo XII de la Circular Básica Contable y Financiera No. 004 de 2008, disponible en la página web www.supersolidaria.gov.co en el menú de normatividad.

Tomado de: https://www.supersolidaria.gov.co/