Fuente: https://www.larepublica.co

La contralora General ,Sandra Morelli Rico, pidió a la Superintendencia Nacional de la Salud hacerse cargo de los pagos atrasados a los proveedores y prestadores de la salud relacionadas con Saludcoop EPS Compañía de Medicina Prepagada.

En una misiva dirigida al ministro de Protección Social, Mauricio Santamaría Salamanca, al superintendente Nacional de salud, Conrado Adolfo Gómez Vélez y al agente interventor Saludcoop Eps, Wilson Sánchez Hernández, la contralora les pidió hacerse cargo de los pagos eficazmente, pues les recordó que no hay justificación valedera para su demora y que según la constitución política de Colombia ellos deben velar por la fluidez del sistema.

Además dijo que ante la falta de pago, no solo para la EPS mencionada sino para todas las EPS del sistema, “la Contraloría entiende que estas cuentas por cobrar deberán surtir por parte del proceso de depuración contable correspondiente, relacionado con la provisión o castigo de dicha cartera, según la edad de la misma, y el consabido efecto respecto de la liquidez y solvencia de las EPS que hacen parte del Sistema de Seguridad Social en Salud”. Y recordó las reformas legales y administrativas que se han adoptado por parte de la rama legislativa y por el Gobierno Nacional que impiden precisamente, un atraso de pagos.

El informe fue escrito después de que la Contraloría General de la Nación recibiera una serie de quejas, demandas, reclamos e inquietudes sobre el aplazamiento de pago.
Según el informe, hay “múltiples expresiones de falta de liquidez de las diversas entidades que conforman el Sistema (EPS, IPS, médicos, proveedores en general)”.

La falla podría tener como consecuencia la inadecuada prestación de servicios.

Una falta grave, ya que como lo dijo la contralora Morelli, la salud es un derecho fundamental y los atropellos contra esta, ameritan la acción inmediata del gobierno y “de los reguladores y de todas las entidades públicas involucradas en la materia con el fin de dar las garantías para que se cumpla con la prestación eficiente de este servicio”.

Antecendentes

El artículo 5 del Decreto Ley 267 de 2000, dice que la Contraloría General de la República tiene la obligación de “advertir sobre operaciones o procesos en ejecución para prever graves riesgos que comprometan el patrimonio público y ejercer control posterior sobre los hechos así identificados”. Además le da el derecho a mantenerse informado sobre las “medidas que se adopten en desarrollo de dicha intervención”. Las falta mencionada se considera de altísma gravedad.

Tomado de: https://www.larepublica.co/archivos/ASUNTOSLEGALES/2011-06-22/superintendencia-nacional-de-la-salud-debera-pagar_131521.php