Fuente: www.larepublica.co

La entidad está recibiendo comentarios hasta el próximo 8 de julio, y ordenó que los establecimientos financieros que vigila le entreguen toda la información señalada en los proyectos a los defensores del consumidor para que ellos la recopilen y se la entreguen antes de un mes.
Luego de este periodo, la Superfinanciera presentará la circular definitiva con la que reglamentara estos dos temas.
Entre las cláusulas abusivas definidas por la Super en este proyecto de circular están las que obligan al usuario a pagar cuando una transacción por un cajero declina, las que exoneran de toda responsabilidad a los bancos ante el robo de información de sus clientes y las que prevén o implican renuncia al ejercicio de los derechos de los consumidores financieros, entre otras.
Para Francisco Bernate, abogado penalista, los proyectos son un importante avance en la defensa de los derechos de los consumidores del sector financiero, pues -según él- en algunos temas están menos protegidos que los clientes del sector real por la falta de reglamentación.
La normatividad que expedirá la Superfinanciera en unos 30 días se unirá a los esfuerzos de otros sectores como el legislativo y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por poner en cintura a los bancos, que incurren en excesos.
El Congreso lo hizo a través de la reforma tributaria aprobada a finales del año pasado en la cual se estableció la posibilidad de fijar un tope a las costos de los servicios financieros, y el segundo caso se trata de una investigación que le abrió la SIC a los bancos por supuestas prácticas restrictivas a la competencia.
Actualmente, algunas cláusulas le imponen al consumidor financiero asumir de manera anticipada toda la responsabilidad derivada del uso de los diferentes instrumentos para la realización de operaciones como tarjetas débito, crédito, talonarios y dispositivos móviles. Es decir, en estos casos, el cliente debe responder por cualquier falsedad, adulteración, extravío o uso indebido que de ellos se haga por una tercera persona.
Esto es muy delicado, especialmente, por el aumento en el robo de información a través de internet, que es uno de los peores flagelos para los usuarios. Incluso, en algunas cláusulas se establece que la entidad no se hace responsable por los virus, programas fraudulentos o cualquier exposición no autorizada o ilícita del servicio que de cualquier manera pueda afectar la confidencialidad.
Bernate, explica que en algunos contratos se autoriza a las entidades, en un lenguaje complicado y en letra pequeña, adoptar decisiones de manera unilateral como el pago de mayores intereses de los informados por medio verbal a los consumidores.
“Actualmente -dijo-, estoy defendiendo a un señor que pidió un crédito en una cooperativa y hoy le están cobrando más de lo que le pactaron porque firmó cláusulas abusivas”.
Otras cláusulas abusivas que quiere eliminar la Superfinanciera son: la que autoriza a la entidad vigilada a cobrar por servicios no prestados o transacciones declinadas; la autorización a las entidades para que compartan información de sus clientes; las que desconocen el derecho de defensa de los consumidores; las que obligan a contratar un determinado producto o servicio o con una persona específica; no entregar copia de los contratos, ni de los reglamentos de los productos o servicios contratados; y cobrar al consumidor financiero por servicios o productos, sin que exista conocimiento previo, autorización o consentimiento expreso de este, entre otras.
La información que deben dar las entidades
Entre otras cosas, las entidades vigiladas deberán informar a los consumidores financieros, como mínimo, lo siguiente: información general de los productos y servicios; descripción general y funcionamiento de los productos o servicios; duración del contrato, términos para el ejercicio de los derechos, términos de prescripción, plazos establecidos para la renovación o prórroga de los productos; discriminación detallada de los derechos y obligaciones de los consumidores financieros y de las entidades vigiladas; y sobre los canales habilitados para la realización de operaciones tales como oficinas, cajeros automáticos, internet, entre otros.

La opinión

Francisco Bernate

Abogado penalista

“Las cláusulas de los contratos con el sector financiero suelen ser muy difíciles de entender debido al lenguaje técnico que utilizan”.

Tomado de: https://www.larepublica.co/archivos/FINANZAS/2011-06-30/superfinanciera-definio-las-clausulas-abusivas-que-no-pueden-imponer-los-bancos_132071.php