Fuente: https://www.larepublica.co

La Superintendencia de Sociedades emitió Concepto Jurídico No. 2014 por medio del cual en la Sociedad por Acciones Simplificadas, los asociados responden hasta el monto de sus aportes.

En las sociedades por acciones, el accionista responde hasta el monto del aporte realizado a la persona jurídica y por ende, lo entregado es el único riesgo que él asume, y no puede entonces predicarse frente al mismo una responsabilidad mayor a la contraída y menos aún, hacerlo responsable por las obligaciones adquiridas por la compañía, máxime que una vez constituida la misma, ella forma una persona jurídica diferente a los asociados individualmente considerados.

La sociedad, una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados”. A la luz de la normatividad societaria vigente, le corresponde a la sociedad, responder por las obligaciones adquiridas.

Tomado de: https://www.larepublica.co/archivos/ASUNTOSLEGALES/2011-06-14/sas-los-asociados-responden-hasta-el-monto-de-aportes_130922.php