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La resolución 344 indica que cualquier exportador que haga sus envíos de manera frecuente a países con los que se ha celebrado acuerdos,estará autorizado para extender declaraciones de origen sin tomar en cuenta el valor de los productos correspondientes

En ese sentido, el Ministerio explica las condiciones y parámetros que definen a un exportador autorizado, los beneficios a los que tiene derecho, los requisitos para autorizarlo y reconocerlo como tal, sus obligaciones y las exigencias que tienen que cumplir para mantener esta categoría.

Esta resolución es el resultado de la necesidad de reglamentar y establecer los requisitos que deben cumplir las personas que quieran ser denominados como exportadores autorizados.

Tomado de: https://www.larepublica.co/archivos/ASUNTOSLEGALES/2011-07-01/reglamento-de-ministerio-de-comercio-a-exportadores-autorizados_132161.php