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La Contralora General expresó su preocupación por los funcionarios de la Dirección General de Apoyo Fiscal que emiten pronunciamientos que permiten a las entidades territoriales el trámite, aprobación y ejecución de vigencias futuras excepcionales.
Como ejemplo, la Contralora mencionó el caso del Boletín No. 21 de septiembre de 2010, emitido por la DAF.
En comunicación que dirigió al ministro de Hacienda, la Contralora General de la República consideró que esta situación está “en abierta contradicción con la Circular Conjunta del pasado 8 de septiembre suscrita entre nosotros, el Señor Procurador General de la Nación y el Auditor General de la República, en la cual los jefes de las respectivas instituciones fijamos una clara posición señalando unos puntos jurídicos fundamentales sobre estas operaciones”:
1.No tienen sustento jurídico, pues si por mandato constitucional todo el régimen presupuestal, contable, financiero y de endeudamiento de las entidades territoriales ha de ejercerse con sujeción a la ley, mal puede entender el Estado colombiano, con nefastas consecuencia para la estabilidad financiera del país, que las circulares de la DAF pueden suplantar las leyes del Congreso de la República, y contrariar el mandato constitucional, facultando a las asambleas y concejos, para regularlas.
2.Dichas vigencias constituyen operaciones de crédito público que no han sido tramitadas de esa forma”.

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