De ahora en adelante, ministerios, departamentos administrativos,  superintendencias, gremios, academia, cámaras de comercio, centros de investigación, entre otras entidades, que produzcan información estadística, deberán acogerse a la nueva Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas, adaptada para Colombia, CIIU 4, presentada por el DANE.

A través de la Resolución 066 del 31 de enero de 2012, el DANE establece la Clasificación de Actividades Económicas CIIU 4 A.C., versión oficial, la cual remplaza las anteriores (CIIU 3 A. C. y CIIU 3.1 A.C.) e incorpora cambios en la estructura de la clasificación.

La CIIU Rev. 4 A.C. es una clasificación adaptada de la familia internacional de clasificaciones estadísticas de Naciones Unidas, cuya aplicación garantiza la calidad y comparabilidad de la información estadística, de acuerdo a lo establecido en el Código Nacional de Buenas Prácticas para las Estadísticas Oficiales.

En efecto, la CIIU 4.AC. crea y reclasifica nuevas categorías como: gestión de desechos y descontaminación (Sección E), reparación y mantenimiento de maquinaria y equipo (División 33), mayor relevancia en el nivel jerárquico y reclasificación de las Actividades de Edición (Sección J, División 58). “Esto permitirá una interpretación más precisa de los sectores de la economía”, dijo Bustamante.

La CIIU4 adaptada para Colombia tiene el propósito de ser aplicada como estándar estadístico para la recolección, codificación y análisis de la información estadística en materia de actividades económicas, para las diferentes investigaciones, cuentas nacionales, encuestas, censos, registros administrativos, estudios sectoriales.

Para una adecuada implementación de la clasificación, el DANE brindará capacitación a las entidades públicas y privadas del nivel
nacional, a través del Centro Andino de Altos Estudios del DANE, CANDANE, E-mail: [email protected]