Fuente: www.larepublica.co

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales expedió la Resolución No. 008456 sobre los criterios para determinar cuándo las mercancias son de mercado restringido.

Se establecen los criterios que permitan determinar cuándo las mercancías tienen características especiales o son mercancías de mercado restringido para que puedan ser enajenadas a los usuarios a quienes les fueron aprehendidas o en quienes se configuró el abandono de las mismas.

La enajenación de las mercancías a que hacen referencia los numerales 1, 2, 5, 6 y 7 del presente artículo se realizará a través de la modalidad de venta directa y en caso de que las mercancías estén sujetas a restricciones legales o administrativas para su importación o comercialización, no podrá efectuarse la venta salvo que se acredite el cumplimiento del respectivo requisito.

Tomado de: https://www.larepublica.co/archivos/ASUNTOSLEGALES/2011-08-18/mercancias-de-mercado-restringido_135717.php