Fuente: https://www.larepublica.co

Uno de los aspectos más importantes del tratado de libre comercio es el que tiene que ver con la solución de controversias.

Para tal objetivo, el capítulo 21 estableció que las dos partes procurarán en todo momento llegar a un acuerdo sobre la interpretación y la aplicación del convenio comercial, y harán esfuerzos, mediante cooperación, consultas, y otros medios, para alcanzar una solución mutuamente satisfactoria.

Entre las razones que se tendrían en cuenta para adoptar este capítulo estarían la posibilidad de que una medida vigente o en proyecto, pudiera ser incompatible con las obligaciones del acuerdo. así mismo, cuando alguna de las dos partes haya incumplido con algunos de los compromisos establecidos desde el inicio del tlc. vale la pena tener claro que este capítulo no es aplicable a disputas entre miembros de la comunidad andina.

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