Fuente (losrecursoshumanos.com)
La jurisprudencia actual argentina para una gran cantidad de abogados, Directores y Gerentes de Recursos Humanos está poniendo en riesgos empleos de mucha gente a futuro y la posibilidad de nuevas inversiones. Y muchas veces raya lo anticonstitucional.
Algunos fallos son considerados “extremistas”. Como por ejemplo llevar al doble la indemnización por no haber incluido el celular o el coche de empresa en el sueldo. ¿A quien se le va a ocurrir registrar el teléfono móvil o la PC portátil como parte del salario? Bueno, hay fallos que los están incluyendo y las multas son descomunales. Atención.
Lo que más preocupa a las empresas más comprometidas por la crisis por ejemplo las que dependen de la construcción o de las automotrices es preservar la continuidad operativa.
Dr. Julio Stefanoni es responsable del Dpto. Laboral de Pérez Alati, Grondona, Benites, Arntsen & Martínez de Hoz (h).
Empresas en crisis. Hasta hace 4 o 5 días, antes de las elecciones muchas empresas no quisieron tomar decisiones drásticas “para no quedar expuestos en un contexto con elecciones en puerta” comentó el abogado. La idea era no aparecer complicando un cuadro y quedar en evidencia por las necesidades políticas del momento. Discontinuar prestaciones a cargo de terceros y negociar suspensiones a cambio de sumas no remunerativas en empresas tocadas por la crisis cuyos sectores parecen no levantar cabeza. Las ayudas estatales como el Plan de Recuperación Productiva, son el paliativo que por el momento está haciendo que no se efectivicen miles de despidos, claro, a costa de los contribuyentes y de un gasto público que no para de crecer. Este plan otorga 600 pesos por empleado, pagados por el Estado y el resto del salario a cargo del empleador.
Reclamos disparatados. Algunos sectores como aceiteros, que piden el 25% de aumento, en un año de recesión económica mundial que afectó a al Argentina, especialmente en las exportaciones, parecen no querer entender esta realidad. Hace pocos días los vigiladores lograron frente a la cámara un 30% de aumento, frente al estupor de empresas y abogados, que creen “que es una cifra totalmente disparatada para el contexto actual”.
Ministerio de Trabajo se toma atribuciones que no le corresponden. Desde hace un tiempo, el Ministerio de Trabajo, se toma atribuciones sumamente discutibles. Está prohibido en Argentina el arbitraje laboral obligatorio. La ley de Reforma laboral 25.250 dejaba bien en claro este punto, y cuando fue derogada por la 25.877 se hizo especial mención a que esta atribución seguía derogada. No tiene atribución el Ministerio de Trabajo a laudar obligatoriamente. No puede imponer una solución a un conflicto. Pero lo hizo hace poco con metalúrgicos y petroleros, fijó de prepo una suma fija para petroleros y metalúrgicos mediante una resolución carente de juridicidad. El Ministerio de Trabajo tiene facultades para dictar una conciliación obligatoria, para favorecer la negociación, para cesar medidas de fuerza. Puede proponer acercamientos, llamar a las partes para iniciar conversaciones, pero las partes una vez agotadas estas instancias están en libertad de acción. Aparecieron recientemente resoluciones del Ministerio de Trabajo que vulneran totalmente la legislación. Con considerandos tales como “mantener la paz social” emitió hace poco dos resoluciones completamente fuera de la legalidad, que a las empresas les va a hacer imposible hacer entender a los sindicatos que no es viable pagar de esta manera.
Laxitud de la jurisprudencia laboral. En algunos casos juicios por despido, la Justicia ha obligado a varias empresas (con fallo de Cámara) a incluir el teléfono móvil como parte del salario. Incluso también ha ocurrido con coches-empresa. “Nadie sabe que el celular es parte del salario, es una herramienta de trabajo” dice Stefanoni. Al no estar bien registrado, entran multas por mal registrado (Ley de Empleo, la 25.323) por obligar al trabajador a reclamar (50% más de indemnización) y por no darle certificado correspondiente, (3 meses más de sueldo). La situación es complicadísima. “Es exponencial el castigo en relación a la supuesta falta del empleador. Hoy nadie puede asegurar que en su empresa están todos bien registrados para lo más extremo de la jurisprudencia”.
Hay muchas cuestiones para abrir el debate: ¿el lobby empresario se defiende adecuadamente de estas aberraciones legales?.
“En los ’80 no quedó ninguna industria en Rosario, por la industria del juicio contra las empresas. Había empresas que tenían 100 empleados y 200 juicios por enfermedades laborales, ninguna subsistió”.
Entre otras cuestiones, es necesario analizar la doble moral del Ministerio de Trabajo, que nadie cuestiona, para ir de cabeza contra las empresas que tienen a todos sus trabajadores legalmente registrados, pero deja existir impunemente a La Salada, por ejemplo, reino del trabajo informal, vendedores ambulantes en todos los barrios, etc.
“La jurisprudencia laboral para las empresas es cada vez peor. Hay una incertidumbre enorme, nadie sabe donde está parado” concluye el abogado.