Las personas que deciden establecer una unión libre también deben planificar su futuro y estar preparados para eventos desafortunados, como un accidente o la misma muerte. En el tema pensional la ley cobija al cónyuge como primer beneficiario de la seguridad social, incluso si se demuestra unión marital de hecho.

Cuando las parejas deciden compartir la vida juntos sin formalizar la unión frente a ningún estamento religioso o público se ven enfrentados a una serie de riesgos que es mejor planificar antes de que sea tarde.

Sin embargo, la ley 100 de 1993, que regula la seguridad social del país pone siempre por encima a la pareja como principal  beneficiario de la pensión de una persona, incluso si han hecho en vida separación de bienes y conviven hasta el momento de la muerte en unión libre por más de cinco años.

En el caso de la unión libre el procedimiento puede llegar a ser un poco más largo, ya que para poder reclamar la pensión tendrá que entrar a acreditar que estuvieron haciendo vida marital hasta su muerte y que convivió con el fallecido no menos de cinco años continuos.

Otros consejos

Tomar todas las medidas necesarias para no dejar desamparada a su pareja en caso de muerte no es cuestión exclusiva de las parejas legalmente casadas. De todas maneras adquirir el compromiso de compartir por muchos (en unos casos algunos) años su vida con otra persona, supone una serie de compromisos y la realización de algunos proyectos juntos.

Entonces, siempre es bueno tratar que cuando se compren activos de alto valor queden a nombre de los dos y en lo posible comprar un seguro de vida pensando que ante el evento desafortunado de muerte de alguno la familia quede económicamente amparada.

Tomado de: https://www.finanzaspersonales.com.co/pensiones-y-cesantias/articulo/que-pasa-su-pension-esta-union-libre-muere/44253