El incumplimiento en la entrega del predio en el tiempo acordado es una de las causas más frecuentes por la que los propietarios se quejan de las constructoras, hay dos opciones: poner la queja ante la Alcaldía o entablar una demanda de carácter civil.

Cuando una constructora no entrega la vivienda en el plazo acordado es responsable de  incumplimiento contractual y por consecuencia tiene unas obligaciones por las que debe responder en el corto plazo.

Lo primero que recomienda la Subdirección de Control de Vivienda de la Secretaria de Hábitat de Bogotá, es entablar la queja en la Alcaldía del municipio donde haya firmado la promesa de compraventa.

La Ley ha determinado que los alcaldes son los responsables de vigilar y hacer cumplir los proyectos de vivienda de carácter público y privado. Si usted enfrenta algunos inconvenientes con la constructora, el primer paso es poner la queja en la oficina que la administración local haya dispuesto para tal fin.

Dependiendo de la efectividad del proceso y de encontrarse responsable a la constructora, ésta deberá pagar una multa e incluso podrá ser intervenida administrativamente.

Otra posibilidad

Si no encuentra respuesta a su queja en la Alcaldía, el siguiente paso es una demanda civil con la cual puede reclamar a la constructora el pago de una indemnización por daños y perjuicios. Esta es una cláusula que debe estar consignada desde el principio en la promesa de compraventa.

Esta posibilidad, aunque es demorada, permite recuperar el dinero invertido en otros gastos por culpa del incumplimiento. Por ejemplo, el pago del arriendo por los meses que dure la entrega de la nueva vivienda.

Si el que incumple es usted

Si usted firma un contrato de compraventa y decide retirarse le podrán descontar hasta el 10% de lo que haya abonado hasta el momento de la decisión.

Si la promesa de compra es sobre planos y se hace a través de un encargo fiduciario, las fiduciarias no están llamadas a responder por los posibles incumplimientos de los constructores.

Para la compra sobre planos, los constructores constituyen un encargo fiduciario para que los compradores paguen sus mensualidades a una fiduciaria hasta completar el valor pactado.

Durante un determinado periodo esa entidad administrará los recursos y verificará que las ventas y avances de la obra correspondan a las fechas y términos señalados, por lo que usted como nuevo comprador deberá estar vigilando continuamente el avance de la obra donde quedará su futura vivienda.

Tomado de: https://www.finanzaspersonales.com.co/ahorro-e-inversion/articulo/que-hacer-cuando-constructora-incumple-entrega-vivienda/44388