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La seguridad social es un servicio público, inherente a la finalidad social del Estado, a cuyo cargo está la garantía en su acceso, bien sea que este se preste a través de empresas públicas o privadas; servicio público que, conforme a los principios establecidos en la Ley 100 de 1993, debe prestarse por los correspondientes operadores de manera eficiente.

El Sistema de Seguridad Social en Salud se dividió en dos regímenes, uno contributivo para quienes tienen capacidad de pago y otro subsidiado, precisó que dentro del contributivo las entidades promotoras de salud tiene la obligación, entre otras, la de garantizar la prestación del Plan Obligatorio de Salud a sus Afiliados.

El Consejo Nacional de Seguridad Social, como parte de sus funciones legales establece el Plan Obligatorio de Salud que, las EPS financian a través de la Unidad de Pago por Capitación que reciben por cada afiliado o beneficiario, y que el mismo Consejo determina, para el año 2005, verbigracia se estableció mediante el acuerdo 282 de 2004.

El Sistema está diseñado para lograr una cobertura universal, objetivo que se ha venido desarrollando desde la expedición de la Ley 100 de 1993. En virtud de esta normativa existen dos regímenes para la prestación del servicio de salud: el contributivo para la población con capacidad de pago, y el subsidiado para aquellos sin posibilidades de hacer aportes al sistema.

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