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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales emitió Concepto Jurídico No. 8464, sobre la obligación de informar a la Dian por la facturación electrónica.

La Resolución 14465 de 2007, establece en el artículo 7 que el obligado que opte por facturar en forma electrónica deberá entregar de manera virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, un consolidado mensual por adquirente, el cual debe presentarse totalizando la información de las operaciones realizadas con cada adquirente, cada mes calendario, diferenciado por tipo de factura, según sean electrónicas o facturas expedidas en otras modalidades que compartan con aquella el procedimiento de expedición. Puede suceder que durante un lapso se emita una de estas dos formas de factura y en otro se comparta su expedición, lo cual no indica que no se deba informar.

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