La cadena de restaurantes se defendió de la sanción interpuesta por la Dian, que le clausuró por tres días el restaurante de Gran Estación. Asegura que no evadió impuestos, u omitió ingresos u operaciones gravadas con el IVA, con el impuesto de industria y comercio ICA o el impuesto sobre la renta.

Este viernes la Dian llevó a cabo un operativo para identificar las irregularidades cometidas por algunos restaurantes al momento de emitir la prefactura a los clientes. El resultado fue el cierre por tres días del local en Gran Estación y de otro restaurante en el Centro Internacional.

Antes estos hecho la cadena de hamburguesas emitió un comunicado aclarando que desde su origen siempre se ha regido por los procedimientos establecidos por la Ley en materia tributaria.

La Dian fundamentó su decisión en el seguimiento que le hicieron al caso y en el proceso sancionatorio se les emitió un pliego de cargos, “Se les dio todo el espacio de defensa, pero finalmente se expidió una resolución de sanción moral, porque bo lograron desvirtual la conducta que se venía registrando”, explicó a Dinero.com, Claudia Rincón, directora de fiscalización de la Dirección de Impuestos y Aduanas.

Los directivos aseguraron que una vez el 14 de septiembre de 2011 se tuvo conocimiento del inicio de una investigación por parte de la Dirección de Impuestos Nacionales -DIAN- por la utilización de una pre cuenta, acudieron de inmediato ante esa autoridad para explicar los regímenes se tenían establecidos para la expedición de la factura y el pago de la misma por parte de nuestros clientes.

La posición se fundamentó en que no existía una norma tributaria que estableciera como infracción sancionable la expedición de la denominada pre cuenta, siempre y cuando el comerciante cumpliera con el deber legal de expedir la factura o documento equivalente por cada operación que realizara, tal como El Corral Gourmet lo venía realizando.

“En ese entonces, interpretó la circular externa del 7 de junio del 2011 de la Superintendencia de Industria y Comercio -como lo hicieron muchos otros negocios de restaurantes- en el sentido que la pre cuenta sí estaba permitida. Esta postura quedó favorecida, entre otras razones, por la propia Superintendencia cuando el 19 de septiembre del mismo año en Circular Externa 020 resuelve de manera expresa la prohibición de la pre cuenta para los restaurantes y la permite para los hoteles”, precisó en su comunicado oficial.

Para la empresa dejar en disposición de los clientes un documento previo a la factura (pre cuenta) en aquellos momentos, nunca implicó la no expedición de la misma. La pre cuenta no era un documento que pretendiera sustituir o reemplazar la factura o documento equivalente que se expide al cliente por cada operación.

“Por el contrario, la finalidad de la pre cuenta era garantizar el derecho de defensa al consumidor en relación con el servicio prestado y su valor, de un modo tal que manifestara su acuerdo o desacuerdo para posteriormente determinar el valor y el consumo en la factura o documento equivalente a la factura”, agrega el texto.

Por lo que aclaran que decidieron no volver a expedir la pre cuenta resolviendo de manera anticipada las inquietudes manifestadas por la Dian.

“Adicionalmente, aunque los avisos de sellamiento refieran a evasión, la resolución sanción de cierre del establecimiento de El Corral Gourmet de Gran Estación en su parte resolutoria no determina que la sanción es por evasión”, reseña su pronunciamiento.

Tomado de: https://www.dinero.com/actualidad/economia/articulo/el-corral-asegura-no-evadio-impuestos/142932