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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales emitió Concepto Tributario No. 054788.Disminución de la tarifa de retención en la fuente por concepto de impuesto sobre las ventas previsto en el artículo 437-1 DEL E.T.

El porcentaje de retención del 75% a que hace referencia el inciso segundo del artículo 1 del Decreto 2502 de 2005, por disposición expresa del Gobierno Nacional ha sido disminuido atendiendo diferentes consideraciones y por ende se encuentra determinado de manera general en el 50%, porcentaje que resulta aplicable en los casos previsto en el inciso 3 del citado artículo 437-1.

Lo anterior sin perjuicio de que en aplicación del inciso segundo del mismo artículo el Gobierno Nacional pueda establecer porcentajes de retención equivalente al 75% del valor del impuesto para los casos que estime pertinentes, como es el caso de la tarifa señalada mediante el decreto 493 de febrero 23 de 2011.

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