Fuente: https://www.larepublica.co

La Dian emitió el Concepto Tributario No. 23888 en el cual establece que las Cooperativas de Trabajo Asociado pueden excluir para liquidar el impuesto al patrimonio, el valor de los aportes sociales realizados por sus asociados.

Del estudio de La Ley en 1370 de 2009, resulta claro que la voluntad del legislador era permitir que las Cooperativas excluyeran de la base para liquidar el impuesto al patrimonio, el valor de los aportes sociales realizados por sus asociados. 

La base de cotización del Sistema General de Pensiones será como mínimo en todos los casos de un salario mínimo legal mensual vigente, y máximo de 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes, límite este que le es aplicable al Sistema de Seguridad Social en Salud. Este límite se aplicará a las cotizaciones cuyo pago debe efectuarse a partir del mes de marzo.

Tomado de : https://www.larepublica.co/archivos/ASUNTOSLEGALES/2011-04-27/cooperativas-pueden-excluir-los-aportes-sociales_127076.php