En muchas ocasiones, para realizar diversos trámites se deja la fotocopia de la cédula, ya que se considera un requisito indispensable para determinados procesos. Aunque cabe preguntarse si el documento podría ser usado para acreditar la identidad de quien la invoca.

En entrevista con LR, el abogado Francisco Bernate comentó que “las fotocopias de este documento suele utilizarse sin permiso para afiliación a líneas de celular, ingreso a EPS y adjudicación de contratos, entre otras, pero el caso más frecuente es para la activación de celulares; una vez detectado, es importante poner el denuncio”.

Para que no suceda este tipo de problemas es importante tener en cuenta las precauciones que se mencionan.

Sin embargo, se recopiló la opinión con otros expertos abogados en el que piensan lo contrario. Eduardo Vásquez explicó que “si se deja la fotocopia de la cédula no podrían dar uso de ella, ya que para poderla utilizar en algún trámite tiene que ir acompañada con una serie de requisitos que se deben cumplir, no puede convalidarse, no se incurriría en riesgos”. Algo similar mencionó el abogado Carlos Parra y afirmó que “en el documento se puede corroborar la foto con la persona, generalmente si los procesos o los trámites que van acompañados de otros requerimientos, es complicado que la puedan usar, es decir que únicamente con la fotocopia de la cédula no sería viable”.

Por lo tanto, cabe destacar que aparentemente el hecho de proporcionar la fotocopia de la cédula de ciudadanía, no vislumbra complicación, el hecho de acceder a un préstamo, realizar afiliaciones, adquirir un bien inmueble, entre otras gestiones, se exigirán otros documentos para comprobar la identidad del interesado.

Por otra lado, si el documento original llega a ser robado o extraviado en seguida se denuncia ante la Policía Nacional, pero el problema surge cuando dicho documento no pierde valor ante terceros, debido a que no se podrá anular la cédula extraviada, entonces el titular podría ser víctima del robo de identidad. Un ejemplo común es que el dueño del documento llegue a recibir notificaciones para el pago de deudas financieras contraídas en diferentes entidades comerciales, por lo cual ha sido utilizado su cédula como documento que acredita su identidad. Si bien, a pesar de que se ha denunciado la pérdida del documento, seguirá teniendo valor.

Por consiguiente, la cuestión es que se pueden realizar un sinnúmero de operaciones, tramitación de préstamos, realización de procedimientos contables o administrativos; de igual forma pueden producirse falsificaciones de sus firmas.

En el Decreto 0019 se establece la Ley antitrámites, en el que ya no se requiere la autenticación de documentos y entre ellas incluye la cédula, siendo un mecanismo importante para poder comprobar y acreditar la identidad de la persona. Entonces, con más razón, se debe tener más cuidado al realizar cualquier tipo de trámites para evitar este tipo de problemas.

Antecedentes

En el Decreto 0019 de 2012 “ley antitrámites” , artículo 25 se elimina la autenticación en sedes administrativas y notarias. Asimismo anuncia que ninguna autoridad podrá exigir la presentación, suministro o entrega de documentos originales autenticados o copias autenticados, sin perjuicio de los controles o verificaciones que dichas entidades deban realizar. Las copias simples que expidan los notarios de los documentos que reposan en los respectivos protocolos no se autenticarán.

Tomado de : https://www.larepublica.com.co/portal/index.php/asuntos-legales/3406-99573