El habeas data es el derecho que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.

Así lo dispone la iniciativa liderada y tramitada en el Congreso por el senador Luis Fernando Velasco (Liberal) y que está para sanción presidencial.

Según el propio Velasco, la propuesta surgió de un foro de tenderos realizado en el Capitolio Nacional, se estructuró y luego se radicó en el legislativo para su trámite reglamentario.

La iniciativa dispone los casos específicos en los que los ciudadanos pueden utilizar el Derecho de Petición para solicitar información, rectificación o actualización de sus datos personales en el habeas data.

Se debe usar para casos de deudas que prescribieron hace más de 10 años; se autoriza para aquellas personas afectadas por reportes negativos de deudas que nunca adquirieron; se tramita para peticiones de información dirigida a las centrales de riesgo y es una solicitud al Departamento Administrativo de Seguridad DAS para personas que luego de pagar una condena aún les aparece esta información en el pasado judicial.

De acuerdo con la Corte Constitucional, el núcleo esencial del habeas data está integrado por el derecho a la autodeterminación informática -entendiendo por esto la facultad de la persona a la cual se refieren los datos, para autorizar su conservación, uso y circulación- y la libertad, especialmente la económica, porque esta podría ser vulnerada en virtud de la circulación de datos que no sean veraces o cuya circulación no haya sido autorizada.

Es un reconocimiento al derecho que tiene todos los colombianos de ser sacados de las listas de morosos, una vez se pongan al día con sus obligaciones. La ley no busca fomentar la cultura del no pago ni la condonación de las obligaciones. Con la ley desaparecen de las listas los morosos reportados injustamente.

Toda persona que estando en mora se ponga al día, tendrá reporte positivo de conformidad con lo establecido en el régimen de transición que establece la ley. Antes de generar un reporte negativo, el ciudadano debe ser notificado de ello.

Aquel ciudadano al que se le genere un reporte negativo de forma errónea, tendrá la posibilidad de presentar reclamo ante el operador de los datos, (DATACREDITO o CIFIN), que deberá atender la petición en un término máximo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo.

Es importante porque regula y controla el manejo y la administración de las bases de datos que tiene las centrales de riesgo, manteniendo la protección del ciudadano y de la empresa.

Tomado de: https://www.senado.gov.co/