Fuente : www.larepublica.com.co
La Superintendencia de Subsidio Familiar emitió Concepto Jurídico No. 7860 referente a que las cjas de compensación familiar deben reportar a la Superintendencia, los estados financieros.
Las Cajas de Compensación Familiar reportarán obligatoriamente a la Superintendencia del Subsidio Familiar, en las condiciones y fechas que esta defina, los estados financieros con el visto bueno de los respectivos revisores fiscales y la información estadística de la vigencia anterior que para el efecto solicite dicha entidad.
Las transferencias de recursos entre las Cajas de Compensación Familiar las determinará la Supersubsidio o la entidad que haga sus veces, mediante acto administrativo en el mes de enero de cada año y de acuerdo con los lineamientos establecidos en la Ley 789 de 2002. Si no hubiere Cajas a las cuales transferir los recursos, los excedentes se destinarán para aumentarlos subsidios en los programas de inversión social de la misma.
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