La posición del Procurador se considera que va en contravía de lo dispuesto por la Sentencia C-238/12 mediante la que se resolvió una demanda de inconstitucionalidad en contra de la expresión ‘cónyuge’ contenida en los artículos 1040, 1046, 1047 y 1233 del Código Civil.

En dicha sentencia se aclaró que la vocación hereditaria del compañero ocompañera permanente aplica en uniones de hecho conformadas por personas del mismo género. Según esta decisión, no hay motivo constitucionalmente atendible que justifique negar al sobreviviente el derecho a recoger la herencia de la persona con quien conformó una familia.

Esta precisión dice que el derecho debe mantenerse porque el propósito protector que inspira la regulación superior de la familia, no sólo aplica tratándose de la unión de hecho integrada por heterosexuales sino que también es equiparable a la unión de hecho entre personas del mismo género.

Sin embargo, Ordónez considera que el alto tribunal además de todo se equivoca al dar fuerza jurídica a comunicados de prensa.

De otro lado, el jefe del Ministerio Público consideró que el alto tribunal no podía aplicar una nueva jurisprudencia, como en la que señala que los homosexuales pueden conformar una familia hasta tanto no fuera notificada la sentencia de constitucionalidad.

‘Resulta indudable que la mencionada ‘reconceptualización’, basada en una sentencia de constitucionalidad que no ha sido publicada y de la que no se conoce más que un comunicado de prensa’, puntualizó Ordóñez.

Este tipo de diferencias se han dado a la hora de resolver las tutelas para reclamar los derechos de las parejas del mismo género, sin embargo la Corte ha sido enfática en que la posibilidad de heredar la mesada no puede estar condicionada por la orientación sexual, en la medida en que la finalidad de esta figura consiste en equilibrar las cargas propias de la decisión de compartir una vida en común.

Según expertos, estas demandas del Procurador General obedecen más a consideraciones moralistas que empiezan a contrariar las normas porque ya las sentencias de la Corte marcaron el rumbo para resolver este tipo de casos de manera que no exista discriminación.

Se espera que esta semana la Corte Constitucional nuevamente se pronuncie sobre las normas de fondo que tiene en cuenta y que sustentan los fallos que ha resuelto en este tipo de casos.

Así mismo, la alta corporación deberá defenderse sobre la validez que tiene sus pronunciamientos a través de comunicados de prensa, los cuales considera el Procurdor que no tienen fundamentos jurídicos.

Tomado de: Larepublica.com.co