Así lo señaló el senador Juan Córdoba Suárez (Partido Conservador), al explicar el objeto especial del proyecto que fue radicado en el desarrollo de la plenaria del día anterior para que inicie su proceso de análisis en los debates para que sea aprobado y se convierta próximamente en una ley que beneficiará a los agricultores de escasos recursos económicos.

El senador que representa al departamento de Boyacá, explicó que la iniciativa busca establecer una pensión de jubilación para los trabajadores del campo dedicados a la agricultura y los pescadores artesanales , quienes debido a su situación socioeconómica no tendrían oportunidad de recibir una pensión sin apoyo estatal y que alcancen 65 años de edad y que al momento de promulgarse la ley tengan una edad mínima de 55 años y pertenezcan al Sisbén en el estrato 1 , se les concederán una pensión equivalente 1 Salario Mínimo Mensual Vigente.

Así mismo se contempla dentro del proyecto la creación del Fondo de Pensiones Especiales de la Seguridad Social Rural en Colombia, el cual administrará los recursos de la subcuenta especial de la Seguridad Social Rural, destinado al pago de la pensión especial para el agricultor y pescador artesanal colombiano, quien girará los recursos al Sistema General de la Seguridad Social en pensiones administrado por Colpensiones, cuando reconozca gradualmente dichas prestaciones a los beneficiarios.

El parlamentario señaló que los recursos para el recaudo de los dineros para las pensiones saldrán de una cotización adicional del 1% sobre el salario, a cargo de los afiliados al Régimen General de Pensiones que lo hagan en calidad de independientes y cuyas cotizaciones sean superiores a cinco Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes como la destinación de una partida del Presupuesto Nacional correspondiente al 1 Por Ciento correspondiente a las utilidades o rendimientos que reporte el Banco Agrario de Colombia en cada año fiscal.

Otra fuente de recaudo es el 1% de las utilidades que reporte en su ejercicio anual la Federación de Cafeteros de Colombia, la Federación Nacional de Cacaoteros, la Federación Nacional de Cerealistas, la Federación Nacional de Ganaderos, la Federación de Productores de Papa, de Panela, de Tabaco, de Arroz, de Palma, la Asociación de Productores de Hortalizas y Frutales, la Sociedad de Agricultores de Colombia SAC, de todas las adscritas a las anteriores y de las demás Asociaciones de productores dedicados a la producción agropecuaria en el país y del 5% de las Regalías que reciban las Entidades territoriales por concepto de explotación de minas e hidrocarburos a Nivel Nacional.

De otra parte advirtió que no serán beneficiarios los trabajadores del campo que tengan una cuenta de ahorro pensional voluntaria, ni aquellos a quienes les compruebe que tienen capacidad económica para aportar al sistema general de la seguridad social en pensiones y cuando la persona tenga pareja, la pensión aplica sólo para uno de los dos.

Agregó finalmente el senador Córdoba que espera que el trámite sea ágil a fin de generar al sector agrícola del país, un beneficio para aquellos que han dedicado su vida a una labor difícil, poco reconocida, olvidados y que propiciaron la subsistencia alimentaria de todos los colombianos, concluyó.

Tomado de: https://www.senado.gov.co/sala-de-prensa/noticias/item/19787-senador-cordoba-radica-proyecto-de-ley-para-otorgar-pension-de-jubilacion-a-campesinos-y-pescadores