No todos los colombianos deben declarar renta, sólo aquellos que sobrepasen el monto fijado por la Dian que para este año es de $37.577.000.

De esta manera, quienes en 2013 recibieron ingresos brutos mensuales superiores a los $3.131.416 deben presentar declaración, ya sea por salarios, negocios, comisiones, ventas y hasta por haber comprado automóvil.

La Reforma Tributaria de 2012 estableció tres grupos de declarantes: personas naturales, empleados y trabajadores por cuenta propia.

De acuerdo con la página del Gobierno Nacional, Urna de Cristal, estos con los colombianos que deben declarar renta:

*Los empleados, trabajadores por cuenta propia, y demás personas naturales que hayan tenido ingresos por $37.577.000 para el año gravable 2013 deben presentar declaración de renta.

*Si su patrimonio bruto a diciembre 31 del 2013, supera las 4.500 Unidades de Valor Tributario, UVT, equivalente a $120.785.000, debe presentar declaración de renta.

*Debes presentar declaración de renta si los consumos con tarjetas de crédito excedieron las 2.800 Unidades de Valor Tributario, UVT, equivalentes a $75.155.000.

*Si el valor total acumulado de consignaciones bancarias, y de depósitos a inversiones financieras, es superior a 4.500 Unidades de Valor Tributario, UVT equivalente $120.785.000 también debes presentar declaración.

El plazo máximo para presentar declaración de renta es el próximo seis de septiembre y se determinan fechas, según el dígito de terminación de la cédula.

Tomado de: https://www.dinero.com/actualidad/nacion/articulo/declaracion-renta-2014/192688