La Sala Plena de la Corte Constitucional rechazó los argumentos de una demanda que solicitaba declarar inexequible la ley 1607 del 2012 mediante la cual se dio vía libre a la reforma tributaria.

 

Se trataba de una demanda radicada contra la Ley 1607 de 2012, por medio de la cual el Gobierno adelantó la última reforma tributaria en la que se argumentaban supuestos vicios durante su trámite.

 

Al respecto la Sala Plena de la Corte Constitucional desestimó los argumentos del demandante y acogió la ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos dejando en firme la ley.

Sin embargo en su decisión, la corporación declaró inexequible los artículos relacionados con la destinación económica para San Andrés y Providencia.

 

Dichos artículos creaban el Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres una subcuenta para el archipiélago con el fin de apoyar “el financiamiento de programas y proyectos de inversión para la atención de las necesidades que surjan por la ocurrencia de un hecho o circunstancia que genere un efecto económico y social negativo de carácter prolongado”.

 

Cabe recordar que esta reforma tributaria creó el  Impuesto Mínimo Alternativo y el Impuesto sobre la renta para sociedades.

 

Además desmontó los parafiscales para que las empresas generen más impuestos, entre otros aspectos.

Tomado de: https://www.caracol.com.co/noticias/actualidad/reforma-tributaria-paso-examen-en-la-corte-constitucional/20140709/nota/2313802.aspx