“Comenzamos tarde para entrar en la discusión”, dijo el Ministro Cárdenas, quien en la sesión hizo una exposición de lo que se aprobó en el Senado.

 

“El gobierno quiere ser muy garantista frente a este tema y tomamos la decisión de suspender ya que era muy tarde; eran las 11:30 de la noche y seguiremos el lunes, con toda la tranquilidad y transparencia”, precisó Cárdenas al termino de la sesión.

 

En su intervención el jefe de las finanzas nacionales recabó en los alcances de la reforma y ante todo advirtió que esta no afecta a la clase media como lo vienen denunciando algunos sectores.

 

La clase media y pyme están protegidas, pues la sobretasa del CREE se pagará sobre utilidad mayor a $800 millones al año, precisó.

 

Además hizo énfasis en que la enmienda incluye subsidios de gas y energia eléctrica para estratos 1 y 2 en todo el territorio nacional.

 

Destacó que la sobretasa del impuesto para la equidad –CREE — será del 5,6,8 y 9 por ciento entre el 2015 y 2018 para utilidades superiores a los 800 millones de pesos.

 

Con la reforma, el Gobierno aspira recaudar el primer año 12.5 billones, en el 2016 un total de 13 billones, en el 2017 será de 13.5 billones y en el 2018 ascenderá a 14 billones.

 

Por su parte el presidente del Senado Jose David Name Cardozo emitió una declaración en la cual también hizo aclaraciones sobre lo aprobado en la corporación y destacó el artículo 68, que estableció el financiamiento durante 2015 de los subsidios eléctricos y de gas para los estratos 1 y 2 de la población.

 

Al efecto, transcribió el texto del citado articulo, aasí:

 

“Artículo 68º. Con los recursos provenientes de la presente ley, se financiarán, durante la vigencia fiscal de 2015, los subsidios de que trata el presente artículo, que fueron prorrogados por el artículo 3 de la Ley 1117 de 2006, prorrogados a su vez por el artículo 1 de la ley 1428 de 2010.

 

“La aplicación de subsidios al costo de prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica y de gas combustible para uso domiciliario distribuido por red de tuberías de los usuarios pertenecientes a los estratos socioeconómicos 1 y 2 a partir del mes del mes de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015, deberá hacerse de tal forma que el incremento tarifario a estos usuarios en relación con sus consumos básicos o de subsistencia corresponda en cada mes como máximo a la variación del Índice de Precios al Consumidor; sin embargo, en ningún caso el porcentaje del subsidio será superior al 60% del costo de la prestación del servicio para el estrato 1 y al 50% de este para el estrato 2.

 

“Los porcentajes máximos establecidos en el presente artículo no aplicarán para el servicio de energía eléctrica de las zonas no interconectadas.

“La Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, ajustará la regulación para incorporar lo dispuesto en este artículo. Este subsidio también podrá ser cubierto con recursos de los Fondos de Solidaridad, aportes de la Nación y/ de entidades territoriales.

 

“Parágrafo. En los servicios públicos domiciliarios de energía y gas combustible por red de tuberías, se mantendrá el régimen establecido en la ley 142 de 1994 para la aplicación del subsidio del estrato 3.”

 

El Senador Name Cardozo dijo que de esta manera se ha cumplido con las expectativas que la población tenía respecto del pago de los subsidios, asegurándose el financiamiento durante la vigencia fiscal de 2015.

Tomado de: https://www.radiosantafe.com/2014/12/12/reforma-tributaria-no-afecta-a-la-clase-media-y-mantiene-subsidios-de-gas-y-energia-para-estratos-1-y-2-minhacienda/