Prima la libertad contractual, de manera que en los estatutos de todos los tipos societarios se puede establecer la forma en la que debe hacerse la convocatoria.

 

https://www.supersociedades.gov.co/documents/20122/1229078/PAUTAS-REUNIONES-MAXIMO-ORGANO-SOCIAL.pdf/efd7086c-82a7-840d-1ad2-3ce1e1c8ff91?t=1708462791753&download=true