Obligados a declarar renta en el 2023. (Año gravable 2022)

  1. Asalariados cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria.

Deben presentar declaración de renta cuando incumplan alguna de las siguientes condiciones:

  1. Que no sean responsables del impuesto a las ventas ­ IVA,
  2. Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2022 no exceda de 4.500 UVT ($ 171.018.000).
  3. Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($ 53.206.000).
  4. Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de 1.400 UVT ($53.206.000).
  5. Que el valor total de compras y consumos no supere las 1.400 UVT ($ 53.206.000).
  6. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no excedan de 1.400 UVT ($ 53.206.000)

Las otras personas naturales y sucesiones ilíquidas deben presentar declaración de renta cuando incumplan alguna de las siguientes condiciones:

  1. Que no sean responsables del impuesto a las ventas ­ IVA,
  2. Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2022 no exceda de 4.500 UVT ($ 171.018.000).
  3. Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($ 53.206.000).
  4. Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan de 1.400 UVT ($53.206.000).
  5. Que el valor total de compras y consumos no supere las 1.400 UVT ($53.206.000).
  6. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, no excedan de 1.400 UVT ($53.206.000)

Personas naturales no residentes no deben presentar declaración de renta siempre y cuando se encuentren en alguna de las siguientes situaciones