Es así que el presidente del Partido Liberal, Simón Gaviria, prepara un proyecto de ley para extenderle algunos beneficios de las S.A.S. a las empresas tradicionales.

 

En diálogo con Colprensa Francisco Reyes Villamizar, exsuperintendente de Sociedades y autor de la ley que creo las S.A.S. señala que esto “lograría salvar las formas asociativas que están desapareciendo paulatinamente y eliminaría la competencia entre tipos de sociedad”.

 

– ¿Por qué hay una tendencia a universalizar el tipo de sociedades con la S.A.S.?

 

Las sociedades anónimas (S.A.) y las limitadas (Ltda.) están desapareciendo pues las S.A.S. han sido de tal trascendencia que hoy hay más de 200 mil sociedades de este tipo, siendo el 85%microempresas y el 17% filiales de grandes firmas.

 

– ¿Qué aspectos la convierten en el fenómeno que usted dice?

 

La S.A.S. ha sido muy versátil para penetrar en los distintos ámbitos empresariales. Hay una diferencia muy grande entre la regulación aún vigente (Código de Comercio – es de 1958), y la cual nunca ha sido actualizada aún siendo anacrónica por lo que genera grandes barreras para los empresarios y altos costos de transacción.

 

La nueva ley (1258 del 2008) que trajo la Sociedad por Acciones Simplificada, un sistema flexible, amigable, barato para operar y con una estructura burocrática muy simple. Las normas que sirven de base al funcionamiento de las empresas, son como la tecnología, mientras más modernas, actuales y sofisticadas sean, mayor eficiencia empresarial y rentabilidad. La S.A.S. está demostrando empíricamente que el sistema, inspirado en el régimen europeo del Siglo XIX, no era bueno, que había que cambiarlo.

 

– ¿La Sociedad por Acciones Simplificada representa una respuesta al atraso que se tenía en el diseño de la conformación de empresas en Colombia?

 

Exactamente. Hoy por hoy, la mayor parte de la inversión extranjera llega de Estados Unidos y Europa, es decir, de países que cuentan con formas asociativas parecidas que le facilitan al empresario establecerse en Colombia porque se habla el mismo lenguaje jurídico.

 

– ¿Cuáles son esos beneficios que marcan tanto la diferencia como para que las empresas quieran ser S.A.S?

 

El gran secreto es que la S.A.S. es que es un instrumento muy sofisticado empresarialmente, dentro de una regulación sencilla, que pueden manejar los microempresarios, hasta los inversionistas que juegan en las grandes ligas. Hay características que demuestran la superioridad de las S.A.S tales como la gran flexibilización en los trámites de constitución de la compañía y la reducción en el umbral de las barreras de entrada, lo que ha abaratado notablemente los costos.

 

Antes era necesario ir donde un notario, otorgar una escritura pública, hacer que todos los socios comparecieran, presentarse a la Cámara de Comercio, etc. eso tomaba semanas. La S.A.S. se pueden constituir por internet y con datos básicos, se le da vida jurídica en 24 horas.

 

– ¿Qué pasa con la definición de responsabilidades y la tributación?

 

La libertad de estipulación o contractual, es decir, la posibilidad que tiene un empresario de pactar lo que necesite dentro del contrato, es muy amplia en las S.A.S., porque el empresario no debe someterse a una camisa de fuerza impuesta por normas inflexibles, al contrario, puede definir todo lo que necesite, eso ha dado lugar a mayor innovación.

 

En materia tributaria no puede haber una disparidad porque los empresarios migrarían a la S.A.S. solo por ahorrarse el costo empresarial. Así que el régimen tributario es virtualmente idéntico al que existe para los demás tipos de sociedad excepto porque no existe en las S.A.S responsabilidad solidaria por los impuestos.

 

– ¿Qué le diría a quienes aseguran que la flexibilidad de las S.A.S. se presta para fraudes?

 

Algunas personas no conocen el instrumento y les parece peligroso porque es muy fácil de crear, entonces piensan que se presta para fraude, evasión fiscal o lavado de activos. Pero este régimen, a pesar de lo simple que es, trae todo un sistema de protección para los accionistas minoritarios, los acreedores o el Estado, cualquiera que sea perjudicado por la actividad de la compañía.

 

La Reforma Tributaria de 2012 incluye una norma que permite atacar cualquier tipo de sociedad que incurra en un fraude fiscal, a través de una denuncia de la Dian ante la Superintendencia de Sociedades. Esa acción haría responsables a los accionistas por los impuestos dejados de pagar, lo cual complementa el régimen de protección de la Ley 1258.

 

– ¿Cómo se resuelven los conflictos jurídicos con las S.A.S?

 

Todos los conflictos que surgen en esta sociedad, en lugar de ir a la justicia ordinaria, donde los procesos suelen durar años, se pueden tramitar a través de procedimientos como el arbitraje o sistema de resolución de conflictos ante la Superintendencia de Sociedades, entidad que resuelve el caso en 4 ó 6 meses y dicta una sentencia como si fuera un juez.

 

– ¿Podría suceder que en algún momento el 100% de las empresas en Colombia migren a S.A.S. y desaparezcan otras formas de sociedades?

 

Es bueno que exista un menú, eso le favorece al sistema. En este momento la S.A.S. tiene unas restricciones que deben mantenerse. La S.A.S no puede ser una entidad financiera y no puede cotizar en bolsa, porque en otros sectores se exige una regulación más estricta de protección de los intereses de accionistas minoritarios e inversionistas que la S.A.S. no puede suministrar por su misma flexibilidad. La sociedad anónima está salvada, pues puede cotizar en bolsa, y aunque son pocas su participación en la economía es mayor que el de las demás.

 

Sí están amenazadas las limitadas y las comanditarias, pero eso no tiene ninguna gravedad, lo importante es que los empresarios encuentren en el sistema la forma de resolver sus necesidades en la medida en que el régimen jurídico sea suficientemente flexible para que puedan operar bien.

 

Tomado de: vanguardia.com