Esta iniciativa, que se convirtió en uno de los caballitos de batalla de la campaña a la reelección del presidente Juan Manuel Santos, beneficiaría hoy a 6 millones de trabajadores que perdieron ese derecho con la Ley 789 de 2002, promulgada durante el primer mandato de Álvaro Uribe Vélez.

 

Dicha norma modificó la jornada laboral diurna, que hasta ese momento era de 12 horas –entre las 6:00 de la mañana y las 6:00 de la tarde– y la fijó en 16 horas, entre las 6:00 de la mañana y 10:00 de la noche. Además, recortó los recargos sobre dominicales y festivos, pasando de una remuneración del 100 por ciento a un recargo sobre la remuneración ordinaria del 75 por ciento.

 

Hoy, una hora de trabajo para una persona que devenga $616.000 (salario mínimo vigente), cuesta $2.567. Si se suma los $1.925 del recargo nocturno, el precio de esos 60 minutos sube a $4.492.

 

Para saber qué tanto afectó esta ley a los trabajadores con horarios nocturnos, se podría tomar el caso de un empleado cuya jornada laboral va desde las 2:00 de la tarde a las 10:00 de la noche.

 

Él pasó de recibir diariamente $28.226 a $20.536, teniendo en cuenta que antes de la nueva ley se le reconocía un recargo entre las 6:00 de la tarde y 10:00 de la noche.

 

Es decir, que por las cuatro horas comprendidas entre las 6:00 p.m. y las 10:00 p.m., antes de la ley ganaba $17.968 y ahora solo le pagan $10.298.

 

Si en su trabajo la jornada laboral incluye estas horas del día y la reglamentación fuese la anterior, su sueldo aumentaría en $230.100, siempre y cuando cumpla este turno durante 30 días.

 

QUÉ PASÓ CON LOS DOMINICALES

 

Trabajar los domingos y festivos no es algo que muchos harían si estos no implicaran ingresos salariales extras. Con la Ley 789 de 2002, el recargo para estos días se redujo del 100% al 75% por hora trabajada.

 

Para la mayoría de los empleados que viven con un salario mínimo, un día de 8 horas de trabajo (lo permitido legalmente), dejó de costar $41.172 y se redujo a $35.936.

 

LA CONFUSIÓN CON LAS HORAS EXTRAS

 

Uno de los mayores errores en los que se ha incurrido al hablar de la jornada laboral es decir que se van a volver a implementar las horas extras, cuando estas nunca fueron eliminadas.

 

En este punto es indispensable conocer que un trabajador, sin importar su cargo, puede hacer máximo dos horas extras al día y 12 a la semana. Además, las empresas deben solicitar un permiso especial al Ministerio de Trabajo para poder implementar las horas extras.

 

También hay que tener claro que las horas extras son aquellas que se cumplen fuera del horario de trabajo establecido, el cual no debe superar las 240 horas al mes.

 

COSTOS DE EMPLEADOS Y EMPRESAS

 

Los recargos al sueldo del trabajador, ya sea por recargos u horas extras, siempre generan más gastos tanto al trabajador como al empleador.

 

Al momento de establecer el aporte a salud y pensión, que son los más comunes, esto se hace teniendo como base al sueldo promedio del empleado, que suma todos los ingresos obtenidos.

 

Por ejemplo, para el pago de salud, el empleador tiene que aportar el 8,5 por ciento del sueldo del empleado, y el trabajador el 4 por ciento. Sin importar si son horas extras o con recargo, estas siempre van a sumar a la hora de hacer los respectivos descuentos.

Tomado de: https://www.eluniversal.com.co/economica/mitos-y-verdades-de-las-horas-extras-164576