a Corte Constitucional advirtió que el Gobierno está obligado a velar porque el salario mínimo mantenga su poder adquisitivo, de tal forma que garantice el mínimo vital y móvil a los trabajadores y a quienes de ellos dependen, o de lo contrario, estaría vulnerando el artículo 53 de la Constitución.

El Alto Tribunal agregó que el salario mínimo no puede ser fijado solo teniendo en cuenta la inflación calculada para el siguiente año, sino que también se debe tener en cuenta la inflación real que ha tenido lugar en el año precedente y que efectivamente ha afectado los ingresos de los trabajadores.
 

En el pronunciamiento, la Corte advierte que el salario mínimo debe progresar, para mantener e incrementar el poder adquisitivo de la moneda en manos de los trabajadores.
 

De otra parte, el Consejo de Estado subraya que hasta el 30 de diciembre hay plazo para lograr el consenso en la fijación del salario mínimo, de lo contrario el Gobierno lo determinará, a través de Decreto, siempre y cuando respetando los parámetros fijados por la Corte Constitucional.

tomado de:caracol.com.co