La norma además amplía de uno a tres años el tiempo que tendrán los empleados para reclamar el pago por alguna incapacidad. Así, un trabajador que sufra algún tipo de accidente laboral tendrá hasta tres años para presentar la debida reclamación y que se le pague el tiempo que estuvo cesante.

Toda persona para afiliarse a una ARP debe estar cotizando a salud y pensión. Además la lista de enfermedades laborales se ampliará.

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Tomado de: canalrcnmsn.com