Fuente: https://www.larepublica.co/economia/las-exenciones-y-deducciones-que-ya-no-se-podrian-descontar-del-impuesto-de-renta-3157223

La reforma eliminaría una serie de beneficios tributarios a la hora de declarar renta. Además, limitaría su uso a 25% de la base gravable

En línea con las recomendaciones de la Comisión de Expertos en Beneficios Tributarios, uno de los puntos que busca el Gobierno con el proyecto de ley de solidaridad sostenible es aumentar la base gravable del impuesto de renta a personas naturales.

Además de que más personas tendrían que empezar a declarar y pagar renta a partir del año gravable 2022, de ser aprobada la reforma tributaria también se eliminarían hasta 10 deducciones y exenciones que hay hoy en el sistema.

Un primer beneficio que podría eliminarse es la exención sobre los aportes a cuentas de Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC). De acuerdo con el articulado, los recursos que se depositen en estas cuentas a partir del primero de enero de 2022 ya no contarán con este beneficio, es decir, harán parte de la renta gravable. Según algunos expertos, esta medida podría desincentivar la compra de vivienda.

“El artículo 62 dice que el beneficio de las AFC va hasta el 31 de diciembre de 2021. A partir de 2022 esos aportes van a hacer parte de la base gravable del impuesto sobre la renta de personas naturales. Así de claro, puro y duro, desaparece el beneficio. (…) Y al quitar el tema del beneficio de las AFC se desmotiva que la gente adquiera vivienda”, explicó Iván Felipe Aguirre, consultor en temas tributarios y financieros.

Por otro lado, a partir del primero de enero de 2022 las cotizaciones voluntarias a las pensiones obligatorias ya no serían un ingreso no constitutivo de renta, es decir, harían parte de la base gravable de los contribuyentes, recordando que, de acuerdo con el Estatuto Tributario, hoy estos aportes no pueden superar 25% del ingreso laboral anual para poder acceder al beneficio.

Así mismo, se eliminaría la exención de renta que hay actualmente sobre los aportes voluntarios a seguros privados de pensiones o fondos de pensiones voluntarias.

Otro cambio sustancial es que a partir del próximo año el auxilio de cesantías y los intereses sobre cesantías ya no serán considerados como renta exenta, tal como se señala en las derogatorias del articulado de la reforma.

También se eliminarían las deducciones de los intereses sobre préstamos para adquirir vivienda, de los intereses de préstamos educativos del Icetex, las deducciones por concepto de dependientes económicos, de pagos efectuados por seguros de salud y las deducciones de los aportes a cesantías de trabajadores independientes.

Además, el articulado señala que al momento de depurar la renta de la cédula general, las exenciones y deducciones no podrán superar 25% de la base gravable.

“Hoy en día, el total de deducciones y exenciones que un trabajador puede aplicar para disminuir su impuesto es de 40% de su ingreso neto. El proyecto de reforma propone limitarlo a 25% de dicha base”, explicó Ángela González , associate partner de impuestos en EY.